Los tribunales no aceptan indeminizar los daños morales en caso de reclamaciones patrimoniales. Si es un caso de muerte, lesions, (daños en la personas) utiliza el baromo publicado en la Resolución de 2470172006 de Ministerio de economía y hacienda (BOE 29 de 3/2/2006) y si reclamas por daños en las "cosas" utiliza la factra de reparación, presupuesto, peritaje........