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daños en una piscina

1 Comentarios
 
31/12/2005 02:33
Estimada Soledad2:

El procedimiento penal, cuando hay lesiones, se puede abrir por 3 vías:

- por informe médico de urgencias. Cuando hay lesiones, lo smédicos están obligados a mandar el parte al Juzgado.
- Por atestado de las fuerzas de seguridad. Igualmente si acude al lugar algún cuerpod e seguridad, levantará atestado que enviará al Juzgado.
- Por denuncia del lesionado.

Contrate un abogado (no procurador, por ahora) que intente una reclamación amistosa, y si no, entonces habrá que acudir a juicio. Necesita un abogado que le indicará el momento oprtuno para interponer la denuncia y además vigilará que todo sea correcto y favorable a usted y sus intereses.

Un saludo.
Daños en una piscina
30/12/2005 10:42
Me he enterado que cuando fui a Urgencias ellos le remitieron al juzgado un parte, podré con ello reclamar, tengo los 6 meses para reclamar desde el alta por la via penal o es otro procedimiento distinto, necesito un abogado y un procurador?