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Daños en inmueble/fianza alquiler

4 Comentarios
 
Daños en inmueble/fianza alquiler
10/01/2022 14:08
Buenas tardes y disculpen si me extiendo en la explicación.
Mis inquilinos han finalizado contrato y han abandonado el inmueble, pero se han encontrado una serie de desperfectos en el:

El estado de los muebles de la cocina, se han encontrado con la chapa de la madera levantada y abollada en varias superficies como puertas, frontales, cajones ...
El extractor de humos no funciona y parece no haberse limpiado durante largo tiempo, lo cual podría ser o no, causa de que no funcione y de que se haya producido condensación y por ésta el levantamiento de la chapa de los muebles. Es una cocina pequeña pero dispone de una ventana grande y una puerta a terraza.
Las luces alogenas instaladas bajo el mueble de la cocina no funcionan tampoco.
Con respecto al extractor de la cocina, decir que no está incluido individualmente en el contrato, sí se incluyeron otros aparatos como lavavajillas, microondas ... Esto puede influir a la hora de poder reclamar su coste si así se tuviera que hacer?

Han dejado en una caja de plástico desmontados los tiradores y cierres de las puertas de interior, aquí sí comentaron que el muelle del cierre se habría roto, pero los dejaron sin "muelle de recambio" y sin montar.

En el baño, mueble bajo la pica de lavado de manos está todo bufado y rallado, también el grifo de es pica, que es lacado en blanco, está muy desconchado, estéticamente horrible.

La pregunta finalmente, es si puedo/debo, restar estos desperfectos de la fianza que en su momento se depositó como garantía.

Quedo a la espera de sus indicaciones.

Gracias
10/01/2022 18:36
Es muy difícil darle una respuesta concreta, pero en general es muy complicado justificar la retención de la fianza y ello por dos motivos:
1.- primero porque usted no tiene ninguna prueba del estado del piso cuando lo alquiló, con lo cual ahora no puede compararlo con su estado actual.
2.- dudo mucho que hayan firmado ningún documento en el que el inquilino reconozca los desperfectos que menciona, con lo cual, en un hipotético juicio, un juez podría estimar que no ha quedado demostrado que esos daños estuvieran en el momento en el que se ha ido el inquilino, y que podrían ser posteriores al momento en el que se fue y por tanto que no le son imputables al inquilino.
3.- Y además muchos de los desperfectos que menciona se deben al desgaste por el uso normal de los elementos de la vivienda con lo cual tampoco va a poder reclamar su reparación o puesta a punto.
10/01/2022 19:16
Bueno, dispongo de fotos de como estaba todo cuando se alquiló, además los inquilino, cuando surgía cualquier problema de que algo no funcionase etc. Me lo hacían saber y exigían la reparación p.e hacerme hacer 40 km para ir a cambiarles el muelle de un pomo que se rompió y no podían abrir la puerta ... Por eso me extrañó que no me dijeran nada de todo esto. Tengo entendido que el mantenimiento del día a día es responsabilidad del inquilino o quizá esté mal informado
10/01/2022 22:12
1.- En cuanto a las fotos tendrían que estar firmadas por el inquilino y con la fecha para que pudieran servir como prueba.
2.- En cuanto al mantenimiento, quizás podría defenderse que la falta de limpieza de algun elemento sea imputable al inquilino, pero poco mas.
11/01/2022 10:20
Coincido con Leonjbr, y me gustaría añadir, por si le fuera de utilidad, que a falta de concreción del estado del inmueble cuando usted lo alquiló a esos señores, se presume que el estado era bueno. Art. 1562 CC.

Lo peliagudo es demostrar los deterioros. En principio yo soy partidario de retener la fianza si han roto algo, porque eso es lo justo y lo correcto, y dejar que sean ellos lo que reclamen si acaso. Tal vez llegado ese punto, con la testifical del operario que haga la reforma y las facturas sea suficiente. Y recuerde, si hablamos de menos de dos mil euros es muy posible que los inquilinos planteen un juicio verbal sin abogado ni procurador, con lo cual no habría condena en costas incluso si perdemos.

Haga la liquidación, y mándesela por correo electrónico o "guassap" junto con lo que sobre de la fianza, si sobra algo. Y rrecuerde mirar también las facturas de agua y luz y gas.