= El supuesto: se lleva a juicio a una constructora (demandada) por defectos en una obra que ha tenido como consecuencia un perjuicio económico para un negocio (demandante) que ha dejado de percibir ingresos durante una temporada y su imagen ha resultado dañada.
El demandante aporta un informe pericial que estima el daño emergente y el lucro cesante en una cuantía determinada y además gana en primera instancia en el año 2015.
La parte demandada (la constructora) decide interponer recurso de apelación a pesar de que sus posibilidades de éxito son exiguas.
= La DUDA ABSURDA: si dispongo de una actualización a fecha de 2017 del informe económico de evaluación de daños causados al negocio del demandante que contrató a la constructora (demandada) con un nuevo cálculo del lucro cesante acusado durante dos años después del anterior informe, ¿podría ésta actualización hacerse valer en segunda instancia o incluso después de devenir firme la sentencia?
El supuesto es ficticio y soy un aspirante (y espero que futuro letrado), no seáis demasiado duros conmigo por favor. Muchas gracias