Si el valor de la donación excediera el máximo que se puede dejar en herencia la donación sería válida y consolidada pero llegado el caso y en su momento (en la herencia, no antes) podrían reclamar el faltante de sus legítimas, siempre de acuerdo a testamento.
Lo que no tengo tan claro que sea legal es lo de pagar mediante usufructo, en vez de mediante donación, supongo que de ahí las dudas de la notaría.
Mi marido y yo fuimos a la notaría porque el quiere hacerme un usufructo vitalicio del 50 x ciento de 2 pisos con dacion de pago por los servicios y atención ya que esta enfermo desde hace algunos años y yo lo atiendo. En la notaría entraron en dudas de hacerlo de esta manera. Estamos casados en separación de bienes . Y mi marido tiene 3 hijos mayores de su anterior matrimonio. Nosotros no tenemos hijos. Haciendo de esta forma podrán pedirme alguna retribución los hijos?