Una empresa dedicada a maquinaria agricola desarrolla un nuevo producto y contrata una campaña de publicidad en una revista especializada.
Su competidora, contrata otra pag. en la misma revista incluyendo una entrevista con un agricultor que declara haber tenido una máquina de la 1ª empresa que le daba contínuos problemas.
¿Puede reclamar por daños contra su honor y su imagen?
En mi opinión es bueno consultar dudas cuando estás estudiando, pero no creo que lo sea tanto exponer el caso práctico a ver si alguien puede resolverlo. Y no es bueno para ti, creo.
Pienso que deberías hacer un esfuerzo y comenzar a manejas los códigos, buscar jurisprudencia, manejar manuales, todo ello a ser posible en papel.
De lo contrario creo que te acomodarás y aprenderás menos. Posiblemente solventes los casos, mejor dicho, te los solventes, pero el día de mañana, cuando te tengas que enfrentar a un caso práctico en un examen te resultará complicado resolverlo y, lo que puede ser peor, si el día de mañana optas por dedicarte al ejercicio de la profesión de abogado ( o muchas otras) estarás perdida.
Por eso, desde el cariño, te aconsejo que intentes resolver los casos por tu cuenta y, si inténtandolo aparecen dudas seguro que este medio´podría ser idóneo para enriquecerte, pero no para que te hagan las prácticas.
Gracias por tu consejo JMP. En principio, tienes toda la razón, lo que pasa es que me gusta contrastar, y sobre todo, tener una visión más profesional para discutir en clase con mis profesores, que la de una simple pardilla como yo.
Por otra parte, el mero hecho de haber colgado aqui el caso y la pregunta formulada, que creo, es la clave, puede darte una idea de por dónde creo que va el asunto.
Además de estudiar trabajo a jornada completa (por necesidad, no por gusto), así que tampoco es que tenga mucho tiempo. Es cómodo y me voy directa al grano.
De todos modos, tu consejo es prudente y cargado de buenas intenciones hacia mi formación, por lo que te lo agradezco.
Saludos y espero que no te moleste mi particular método de estudio.
Con el mismo cariño ydesde la comprensión de quién también tuvo que estudiar la carrera trabajando en jornada contínua, el consejo que te proporciona JMP es el mejor que te pueden dar en estas lides. Basta que resulvas las prácticas que se van haciendo para que el día del examen la elabores en un momento, al contrario del que no ha hecho ninguna nunca, que verás que ni empieza. Ahí se empieza uno a dar cuenta de lo que sirven las prácticas. No te digo nada cuando debas enfrentarte con el primer tema real. Si sabes enfocar los temas, buscar jurisprudencia y saber ir a los manuales tendrás el 85 % del trabajo hecho. Optimizarás mejor tu tiempo y recursos y serás un buen profesional. En los tiempos de mediocridad que vivimos, puedes ser lo más competente. El listón está muy bajo, pero está puesto y hay que superarlo.
Por cierto, si estás empezando valora la posibilidad de tener el mejor expediente posible. No significa mucho, pero sí algo. Es más importante saber manejarse y localizar recursos y herramientas. Así empezamos todos.
De lo contrario te veo "poniendo palotes" por cuatro duros. Y me parece que sería una lástima y desaprovechar una buena "madera" personal.
Saludos. Y sin acritud.
Entiendo las buenas intenciones que les animan a escribir con tanto juicio y creo que tienen toda la razón, pero tengo una pequeña objeción porque no me gusta que parezca que tengo desinterés por aprender, quiero dejar claro que esa imagen no se corresponde a la realidad, pero claro, eso no lo pueden saber, porque no me conocen. Es más, me esfuerzo mucho, no sólo por tener un buen expediente (que lo tengo) sino por aprender y sacar provecho. El problema: no puedo ir casi a ninguna clase y tampoco quiero esperar a tener canas para sacar la carrera. Acudo a la ayuda de los compañeros de clase, pero claro, de vez en cuando también tengo que "dar algo", para que sigan proporcionandome apuntes e información que necesito.
Por favor, sigan dando buenos consejos, pero respeten mi libertad a obtener información práctica por el medio que mejor me parezca. No contesten si creen que no deben hacerlo, pero no me juzguen.
1.- Las personas jurídicas gozan del derecho al honor, y a la propia imagen.
2.- Si ha existido vulneración del derecho, cabe reclamar su reparación. Los daños habrá que probarlos.
3.- En el caso concreto, seguramente habrá que examinar la veracidad de los hechos, el contexto, etc... es decir, descender a las pruebas del caso.
4.- A bote pronto, mi opinión es que puede mantenerse sensatamente que existe vulneración del derecho.
Quería saber si alguien me puede informar el tratamiento que se le da a las personas juridicas en España desde el punto de vista de las penas,cancelacion de personalidad juridica solamente???