Compañeros, hemos presentado una demanda ejecutiva en la que los dos hijos mayores de edad reclaman al padre la pensión de alimentos que hace dos meses que no les pasa. En vuestra experiencia me podrais decir si se suele convocar vista para dilucidar la cuestión, me imagino que variará según el padre se oponga o no. Tienen muy mala relación con él y no quieren cruzarse con él, si se señalara día para una vista, se podría solicitar que declararan en días distintos?
si hay oposición y se solicita vista, se celebrará. En cuanto al principio de inmediación y oralidad, dudo mucho que el juzgado consienta señalar días distintos para la declaración de las partes. El juicio es un verbal y todo se reallizará en dicho acto.