Visto el cerrojazo que le han dado al otro hilo (en mi opinión merecidamente), expongo aquí un ejemplo de mis motivos para no pensar que la custodia se traspasa durante los periodos de visita.
AP de Sevilla Sección 1ª (Sentencia núm. 534/2008 de 20 octubre ARP 2008706)
Algunas perlas:
"En el caso que examinamos, la denunciada ostentaba la guarda y custodia del hijo menor y el denunciante, vino a denunciar que el día 9 de febrero de 2008, la denunciada no le permitió recoger a su hijo, conforme al convenio regulador, aprobado en Sentencia de divorcio. (...)"
Y continúa diciendo... "La conducta descrita en los hechos probados, y conforme a la interpretación que aquí se mantiene, es la imposibilidad de subsumir, la infracción del régimen de visitas por parte del progenitor titular de la custodia del menor en el tipo del artículo 622 del Código Penal ,por el contrario es subsumible en el artículo 618.2 del C.P"
Con lo que, si el custodio debiera ser el no custodio durante el régimen de visitas, sí podrían incumplirlo, pero como los jueces consideran que el custodio NO deja de serlo aún en el periodo de visitas del otro progenitor pues... es imposible incumplir también el 622 del CP por su parte.
No lo digo yo, lo dicen los jueces. Por supuesto si alguien tiene alguna sentencia que diga lo contrario se agradecería.
Lo dice claro: "...es la imposibilidad de subsumir, la infracción del régimen de visitas por parte del progenitor TITULAR de la custodia del menor ..."
Entonces si uno es titular de la custodia el otro es suplente de la custodia...pero ambos custodian cada uno en su fase titular...y cuando no, son suplentes ¿no?
Vamos a ver chavalote... que no te quieres enterar.... ye, ye... :-P
Que yo sea titular de un derecho no implica necesariamente que tenga que tener un suplente... ¿lo captas?...
Es más, a los suplentes ya sabes lo que les toca... chupar banquillo :-P
Y ahora hablando en serio. La Sentencia habla de un no custodio que denunció a un custodio por no dejarle a sus hijos el fin de semana, y lo hizo por el 622 del CP.
Los jueces dicen que para vulnerar ese artículo (incumplir el deber de custodia) hace falta no ser custodio, y como la denunciada lo era, su incumplimiento es imposible.
Si hubieran tenido en cuenta la avanzada teoría de la custodia a saltos, habrían pensado que el custodio era el padre (anterior no custodio durante la semana) y habrían condenado a la madre por incumplir el régimen de custodia.
Pero no, la condenan por incumplir el régimen de visitas, porque ya sea a diario o durante los días que toca visita al no custodio, no cambian los "títulos" legales... ¿lo capta?...
Recuerdo haber leido en mas de una página de asociaciones de mujeres (separadas y divorciadas, themis o similar, no recuerdo, ni creo me merezca la pena buscarlo) que no debiera llamarse custodia compartida, que debiera llamarse custodia alterna (la compartida) ya que el régimen de visitas habitual ya era custodia compartida ya que el custodio custodiaba unos días y el no custodio otros, que por tanto compartian la custodia, que tener a los hijos en lo que la ley dice custodia compartida que debiera llamarse custodia alterna...
Lo digo por si sirve para este debate tan enconado y para mi cansino ya...y por si alguien quiere buscarlo, que a mi no me compensa...yo custodia a mi hija cuando está conmigo, aunque sea no custodio y la madre sea la custodia...y al buen entendedor...
Mire vthor como veo que e quizás no me explico bien y Vd. en el otro post puso un símil ,de Barrio Sésamo ,le voy a contestar basándome en su símil.
Suponemos que el piso es el hijo,
Cuando la pareja vive felizmente unida ,el piso (hijo) es propiedad de los dos (horrible porque los hijos ,aunque muchas madres no se lo crean no son propiedad de nadie).
El juez en el divorcio da el uso y disfrute del piso a una parte (la propiedad es de los dos y continuará siendo) y dice que los fines de semana la parte que no tiene el uso y disfrute deberá vivir en el piso ,teniendo las mismas obligaciones que si tuviera el uso .
Legalmente el uso es de uno,pero los fines de semana disfrutará y usará el piso como mejor considere el que no tiene el uso.
Que conste que el símil es horrendo y que sirve muy poco para explicar lo que se quería explicar.
Y que conste también que el que sigue dando vueltas y sigue el hilo donde no hay madeja es Vd.
.
El problema principal de su símil era que Vd.consideraba la custodia como que uno tiene la propiedad de algo que es de dos,y este es el problema que tienen muchos custodios.
¿qué pasa ?que lo que el juez da no es la propiedad es el uso para cualquier decisión sobre el piso que afecte a este ,venderlo ,alquilarlo ,tirar paredes...se deberá contar con la aprobación de los dos ?
Ahora bien el que tiene el uso y disfrute tendrá más obligaciones con este que el que no y deberá informar de todo lo que afecte al piso en el periodo que él lo use.
Como ya advertí, esperaba alguna respuesta como la suya, que no viera más allá que la posibilidad de meter una puyita... pues nada, relájese que ya ha dejado claro qué tipo de "argumentos" busca. De todas formas podría decirse que su "ejemplo" ha mejorado bastante, vaya...
Según usted, si viene un amigo y le dejo en casa mientras voy a comprar tabaco él sería el que tendría la "titularidad del uso" porque en ese momento él puede hacer y deshacer lo que quiera,
ya que él es quien está en el piso...
Pues no señora, si yo tengo la titularidad de algo es mi titularidad, y no caben suplentes, y si alguien -porque le dejo o porque tiene algún título que se lo permita, puede usar mi vivienda, será un uso temporal que no modifica mi titularidad.
Por ejemplo, un vecino tiene que hacer obras en su pared colindante, yo no le dejo entrar a mi patio pero él me demanda y, lógicamente, gana por justicia su derecho a mantener su propiedad accediendo a mi finca siempre que repare cualquier daño causado.
¿Está en mi vivienda porque yo quiero?... NO
¿Tiene algún título de propiedad de ella?... NO
¿Es el propietario, inquilino, o lo que se quiera, de mi vivienda mientras ejecuta su reforma?... NO
¿Entonces qué es?... pues alguien a quien el juez le ha reconocido un derecho y punto pelota. La titularidad de mi vivienda sigue siendo mía, y no cambia porque salga de casa.
Hay muchas formas de que alguien tenga unos derechos, incluso sobre una propiedad privada (que dejen de rechinarle los dientes, por favor) sin que tenga que perder yo esa titularidad. Simplemente los jueces establecen unos derechos y punto pelota.
Lo demás, que si cambia el derecho de manos porque hace lo mismo (habrá que ver ese concepto de "lo mismo"), que si se llama de una forma o de otra, carecen de sentido alguno, salvo para desahogo personal de algun@.
Pues yo me he cansado de que sean los mismos los que no entren e valorar los ejemplos que por todo el foro circulan sin tener que irse a bdd a buscar sentencias:
- Caso: El expuesto por Sarapiki.
Si para algunas personas la custodia salta, ¿no tendría que haber comprado, no es lo mismo que pagar, el padre el material del hijo común que necesitaba para el mismo lunes ya que, tras indicaciones de la profesora, además se bajaría un punto de la nota al que no lo llevara?
A ver, o está obligado como custodio en esos momentos o si no está obligado será que no es custodio. Jo der ya.
La opinión del resto la sé: O Mandamos nota al cole o le damos unos azotes a Sarapiki por esperar que el padre se lo compre actuando como padre (custodio, no custodio, epi o blas) o no hacemos nada directamente, vaya. Total, que se escuerne la profesora pensando por qué el niño no lleva el material a tiempo.
P.D. Lo dicho, hay rebajas de candados porque vaya racha.
El ejemplo es muuuuuyyyyy inadecuado, un hijo nunca se peuede comparar con una propiedad...quien no sea capaz de entender sobre custodias hablando de hijos menores, sin necesitar símiles de propiedades, mejor que renuncie a custodiar los hijos, incluso a la patria potestad...
Mira netsirena voy a contestarte a tú pregunta por dos razones .
La primera porque supongo que cuando uno hace una pregunta e insiste e insiste ,aunque la respuesta sea obvia para otros ,es porqué realmente ella no ve esa obviedad.
Y la segunda porque considero una falta de educación no contestar a algo que se pregunta directamente a alguien (Porque aunque en ningún momento yo considero que la custodia salte y lo explicado por pasiva y activa ,aunque parece que no lo entiende) me doy por aludida.
Si no me queria aludir a mi ,le pido disculpas y no lea la contestación.
El padre del hijo de SArapiki tendria que haber ido a comprar el material escolar ,porque era lo que le tocaba,pero no por ser la patria potestad compartida ,ya que la compra del material seria un deber por así decirlo doméstico,sino por que en el tiempo en que el niño está con él el debe cubrir todas las necesidades del menor como si se tratase del custodio.(pero este hombre debe ser como los demás , hombres y mujeres que no lo saben).
Ahora bien ,porqué no queria contestar ,pues porque a veces vale más callarse cuando se ve y se observa que para fastidiar al ex ,para dejarlo por los suelos o para demostrar algo obvio se utiliza a los niños ,y esto no lo digo por el padre del niño lo digo por Sarapiki ,(persona muy sensata y a quien le tengo respeto) y que supongo que debido a algun problema más gordo pues ha actuado mal.
Me explico,ella sabe y conoce al padre de su hijo ,ella sabia que el padre iba actuar así ,pero de todas de las maneras le hace pasar al niño por esa ansiedad de "si mi padre no me compra el material me quitaran un punto", ,solo para constatar que su ex no hace lo que tiene que hacer y a la vez para que su hijo (que seguramente ya lo sabe ,los hijos no son tontos) vea como es su padre.
terabithia, te pido por favor que sea LA ULTIMA VEZ, que hablas de mi o de mis actuaciones como si me conocieras, a mi, a mi hijo o al padre de mi hijo, porque me parece de lo mas AVENTURADO, por decirlo suavemente, elucubrar de esta manera si yo actue bien o mal, o si yo siquiera llegaba a imaginar que el padre de mi hijo no iba a comprarle dicho material, o si lo hice por algun problema gordo o demostrar al niño nada.
Me parece VERGONZOSO que te atrevas a insinuar que yo, como madre, seria capaz de hacer pasar a mi hijo por semejante situacion. No se si quedo claro que fue UNA AMIGA MIA la que compro todo lo necesario para mi hijo (ya que yo tenia invitados ese fin de semana), despues de haberlo dicho a mi hijo por telefono " a las 11 te recojo en casa de papa y a las 12´30 te llevo de vuelta"
No entiendo cual podia haber sido mi actuacion si a mi me vino todo de repente el viernes, cuando mi hijo se iba con su padre.
Para nada en ningun momento mi hijo se planteo eso de "si mi padre no me compra el material...." su planteamiento fue "Si no llevo el material, me bajan un punto en Tecnologia!". A mi hijo, con 12 años, no se le pasa por la cabeza si es obligacion de papa, de mama o de abuelita, le importa muy poco quien solucione el problema, lo que quiere es tenerlo solucionado. Vuestros hijos deben ser autenticos portentos, niños y niñas super inteligentes para tener ese razonamiento y esa linea de pensamiento... el mio no, asi que te equivocas de lado a lado en tus elucubraciones, entre otras cosas porque yo no tuve otra posibilidad de actuacion, el niño llega, me cuenta lo que le han dicho en el cole, yo le preparo la bolsa, le mando una nota al padre, le doy un beso y ¡hasta mañana en el partido de futbol!
No, no me esperaba ni de su padre, ni de la pareja de su padre, que tiene una hija de 14 años, semejante reacion. Vivimos en una ciudad relativamente pequeña, se puede ir andando a casi todos los sitios... no, me pillo por sorpresa, y por eso lo comente en este foro, si me lo hubiera esperado, ni se me habria pasado por la imaginacion que el niño planteara el tema a su padre, quiero demasiado a mi hijo como para ponerle adrede en semejantes situaciones...
terabithia, te agradezco tu respeto por mi, yo intento tenerlo tambien por ti y por el resto de participantes en este foro, pero tu ultima intervencion y tu alusion directa a mi creo que han estado COMPLETAMENTE FUERA DE LUGAR. Yo no necesito dejar al padre de mi hijo por los suelos, ni demostrar nada, yo ya tengo las cosas muy claras y no tiene mas razon quien mas grita ¿sabes? Ademas ¿Acaso alguien aqui sabe quien soy yo, o quien es el padre de mi hijo? Bueno, algunas personas si, porque tiene mi direccion personal de correo electronico y saben quien soy, pero ese no es tu caso, que yo sepa.
Comente el caso aqui en el foro por ese tan cacareado "tenemos los mismos derechos los custodios y los no custodios"
De ahi el titulo del post, porque si tienen los mismos derechos tendran las mismas obligaciones....
En fin, que releo tu post y sigo ALUCINANDO de tu osadia al hablar de mi como hablas. Llevo mas de dos años en este foro y, hasta ahora, nadie me habia faltado al respeto y, creo, yo no le habia faltado al respeto a nadie tampoco. Espero que haya sido un lapsus por tu parte y que, en lo que a mi respecta, no se vuelva a repetir JAMAS
Sr. Viesca, el símil no era para comparar al hijo, si no el ser titular de un derecho. Usted, como quienes están más pendientes de meter baza que de argumentar algo, ha visto hueco y ha tirado por la calle de enmedio.
Ahora igual nos explica cómo puede ser usted progenitor "suplente", que eso seguro que le parece un ejemplo adecuado a las circunstancias...
Si no ha entendido hasta ahora que no hay "custodios" de fin de semana yo no voy a poder explicárselo.
VThor, quien debiera valorar su empeño en debatir tirando por la calle de en medio es Vd. que se dedica a debatir unos temas que son muy trascendentes, a mi ver, para el buienestar de los hijos: yo custodio a mi hija cuando está conmigo aunque yo sea no custodio ¿o la no custodio cuando está conmigo ya que soy el no custodio?
Lógicamente, según su punto de vista puede que yo sea custodio suplente ¿no?
Muy trascendente el debate, perdone que me lo tome en términos de guasa...pero entenderá lo trascendente que me puede resultar saber si Vd. entiende que un no custodio custodia los hijos cuando están con el, aunque sea no custodio...y que por ello intente explicárselo, para que pase a darnos otra lección que nos suponga un articulo doctrinal nuevo, que en este aporta pocas sentencias que no aclaran nada, eso sí que hay titulares (y suplentes) de la custodia...
Terabithia, de verdad, no pierda el tiempo.
Las diosas prodigiosas del Olimpo no están capacitadas para descender y dialogar, argumentar o discutir con el común de los mortales. Cuando las contrarías dicen que las difamas.
Te pido disculpas si por pretender aclarar yo esa cuestión que, como tú bien apuntas, versa sobre derechos y obligaciones te has sentido mal a la vista del resultado.
Espero que sepas que MI intención no era en absoluto que diera lugar a esto. Me siento mal, de verdad.
Me parece lamentable que, sin conocer a las personas, se llegue a conclusiones como las que se han llegado e igualmente me parece lamentable que haya quien insiste en determinados temas pero frente a hechos concreto hable de la 'mala fe' de las personas como argumento.
Si yo puse ese ejemplo en cuanto a derechos obligaciones fue simplemente por ser un hecho reciente, a la vista de todos en el foro y que me parecía a mí encajaba perfectamente con el tema.
Lo personifiqué por ser ese ejemplo y, a la vista de lo sucedido, admito mi error al personificarlo.
Quiero pensar que si no hubiera puesto ese ejemplo ni hubiera dado nombre alguno se hubiera tratado el tema desde otra perspectiva y eso igualmente tampoco lo entiendo.
Mayormente no nos conocemos y no me parece nada bien que por pasarle a una persona en concreto un hecho en concreto se de por sentado que actúaba de una u otra manera.
A la vista de todos está que depende quien abra un hilo y dependiendo de si es custodio o no, se le dará una u otra respuesta.
¿Hubiera sido otra en caso de ser el titular del post un no custodio que ve que su hijo no tiene el material? Me imagino la respuesta: El custodio ha sido un incompetente que no ha comprado el material de su hijo. ¿Eso es normal? No lo creo.
Terabithia,
Admito que la he leído tras leer primeramente a Sarapiki.
- Sí, no lo entiendo. Ni ud ni yo ni otros tenemos por qué pensar ni razonar de igual manera. No personifique en mí que yo no lo entienda porque hay más personas. Quizá otros no insisten como yo pero a mi me gustan las cositas claras y el chocolate.. espeso. Si no le gusta mi insistencia.. pues tampoco me lea.
- Nuevamente sí. No la está aludiendo a ud.
- No me parece de recibo la contestación que ha dado y si le respondo es porque veo que ha hecho que se sienta mal una persona por la que, con el tiempo y en la distancia, siento cierta empatía. No tiene por qué entender que yo sienta empatía ni tengo por qué explicárselo tampoco pero sí decirle lo mismo que he dicho a Sarapiki: Que yo haya puesto ese ejemplo en concreto, personificándolo en 'ella' (o en ese hecho), no creo que tuviera que dar lugar a semejante respuesta.