Buenos días, mi cuestión es: si una pareja con hijos deciden separarse y la madre decide marcharse a 150 km del domicilio conyugal con el hijo común, cuando toque el régimen de visitas para el padre, la madre es la que debe llevarle el hijo al padre o debe ser al revés como en todos los casos.
Gracias
Depende de lo que se recoja en la sentencia o convenio de mutuo acuerdo que firmeis, yo solicitaria que sea quien se ha marchado que sea la que traiga al niño, o como mucho que los gastos de desplazamiento del menor sean a medias.