Hola a todos.
Quería hacer una consulta a los compañeros ya que nunca me he encontrado con temas de familia con extranjeros. En el caso de padres no casados extranjeros los alimentos del hijo los puedo pedir conforme a la ley española por convenio sobre la ley aplicable para a las obligaciones alimenticias de menores hecho en la Haya ratificado por España en el 74. Sin embargo,de solicitar la guarda y custodia entiendo que debe regir la ley nacional y tengo que aportarla junto a la demanda. En este caso la madre tiene la guarda y custodia de hecho por acuerdo de los padres.
¿Voy por el buen camino? Gracias