Buenos días, probablemente en unos meses ya vuelva a mi provincia y a vivir dónde vive mi ex mujer con mis hijas. Voy a pedir la custodia exclusiva a través de los abogados y quisiera saber qué recomendaciones me dais.
También por otro lado quisiera preguntar si pido custodia compartida y al final se queda la cosa en custodia compartida; ¿ qué tipo de regímenes de con custodia compartida hay?.
Muchas gracias y un saludo.
No existen como tal "tipos de regímenes de custodia compartida". Cada caso es un mundo.
* Las hay con o sin pensión alimenticia. Dependiendo de si hay mucha diferencia entre los ingresos de ambos progenitores.
* Los gastos extraordinarios se suelen pagar en proporción a los ingresos de cada uno. A veces se abre una cuenta para los hijos y ahí se va ingresando lo necesario o se va pagando proporcionalmente cada gasto.
* Las hay con o sin régimen de visitas. Normalmente sí suele haber visitas, salvo que el periodo que esté con cada progenitor sea muy corto.
* Las hay donde el tiempo se reparte al 50% y donde no es exactamente igual. Pueden ir cambiando por días, semanas, meses...
* Las vacaciones escolares y fines de semana sí que suelen tener un reparto equitativo, pero no tiene que ser exactamente igual.
* Las hay donde los niños viven en la "casa nido" y son los padres los que se van alternando, donde los niños van alternando a casa de los progenitores. También las hay que el progenitor con menos posibilidades económicas se queda con los hijos en el domicilio familiar y van con el otro a su domicilio cuando les corresponda.
Lo mejor es negociarlo y llegar a un acuerdo que beneficie a todos.
buenos días y muchas gracias por la respuesta. Alguien puede comentar por favor algún caso práctico y que le vaya bien a los niños??.
Muchas gracias y un saludo.
El caso más "feliz" que conozco:
Una hija que se alterna entre la casa del padre y la de la madre. Lunes y miércoles con uno y martes y jueves con el otro. Ambos tienen pedida reducción de jornada, de manera que en su turno salen antes de trabajar para recogerla del colegio. Los viernes y fines de semana se alternan y lo pasa entero con quien le toque. Las vacaciones escolares por mitad: mitad de navidad alternas, mitad de semana santa alternas, verano por quincenas, puentes enteros con quien le toque el fin de semana. La niña tiene cosas en cada casa como pijamas, aseo, algo de ropa, pero también cosas que va llevando con ella del colegio, abrigo, sus zapatillas favoritas, el libro que está leyendo. Cada uno paga los gastos de su casa y tienen una cuenta común a nombre de la hija y ambos autorizados, donde meten dinero una vez al mes en proporción a sus ingresos y de dónde pagan los gastos corrientes y extraordinarios que van surgiendo: actividades extraescolares, ropa... El convenio fue de mutuo acuerdo.
Creo que el secreto del éxito no está en el reparto, si no en que ambos se esfuerzan por entenderse y hacer lo mejor para su hija y en que ambos han estado igualmente implicados en la crianza desde que nació.
En mi caso vamos a semanas alternas, cambiando los viernes al terminar la escuela. Como ya van al insti ya van y vienen ellos solos, si son pequeños pues se les recoge.
Si es mucho tiempo porque son más pequeños es habitual poner alguna tarde entre semana de visita al otro, ahí cada familia es un mundo. Vacaciones a mitad. Si por algún motivo se tiene que cambiar un fin de semana por otro se hace sin mayor problema, siempre que el otro no tenga ya planes.
Como los ingresos son similares no hay pensión, si los ingresos son dispares debe calcularse. De médicos, escuela y demás se encarga el que está con ellos aunque se va hablando, y se informa de todo al otro. Gastos escolares, extraescolares, extraordinarios y alguna ropa muy puntual (calzado y abrigos, que se cambian a diario) a medias, mediante una cuenta común.
Requiere llevarse razonablemente bien con el otro, y saber que los derechos y obligaciones son los mismos. Con eso se lleva bastante bien, sobre todo los niños. Lo que se decida conjuntamente está bien, si se parte de eso.
La relación con mi ex es prácticamente nula, ella me impide comunicarme con mi hijo, ¿Es factible pedir la compartida?
En caso de ser denegada ¿Se mantendría el convenio regulador actual o puesto que la solicitud de compartida la solicito yo puedo pedir (solo yo) modificación de medidas??
Puedes pedir modificación de medidas para lo que consideres, incluyendo la asignación de la custodia, y/o cualquier otro asunto, el proceso es el mismo. En caso de denegarse (ojo, hay que justificar un cambio sustancial de la situación, podría ser por ejemplo un incumplimiento como no permitir visitas o impedir la comunicación) se mantiene en vigor el convenio que ya hay.
Se puede presentar de mutuo acuerdo o de forma unilateral, y en ese caso decidirá un juez.
Buenas tardes, siguiendo con el hilo las niñas me comentan de cambiar cada 2 semanas, creo que viernes.
Estoy pensando q cada casa, q son distintas y cercanas, tendrán su ropa.
Por los gastos extraordinarios, siguen según convenio actual, gafas etc.
Los ingresos míos son superiores, pero ella tiene ingresos de alquileres de otras viviendas y trabajan los dos, ella y su pareja.
Veo difícil que se llegue a las buenas, pero no sé qué va a ocurrir, intentaré hacer lo mejor para las niñas.
Un saludo y muchas gracias.
Los ingresos de la pareja no se tienen en cuenta (este no tiene obligación de alimentos hacia tus hijos), los ingresos por alquiler si son suyos sí, se tienen (o se deberían tener) en cuenta.
Muy buenas tardes, siguiendo el tema, Paquito, quisiera preguntar, cómo ajustamos los días de llegada a los periodos vacacionales y después de ellos???
Es decir si las vacaciones van a mitad, y te coincide el periodo vacacional que te corresponden niños, y ya los tenías por las 2 semanas ordinarias, cómo se haría para no perjudicar ninguna de las partes y tengan días iguales???
Muchas gracias y un saludo.
Según tengo entendido, para solicitar el cambio de custodia debe haber pasado un tiempo prudencial y ocurrir cambios sustanciales. ¿Qué se entiende por cambios sustanciales? Laborales, incumplimientos, de proximidad al centro de estudios...
En mi caso, cuando se firmó el convenio había unas circunstancias y al poco cambiaron. Además, en la práctica se comprueba que es deficiente.
Hola Zurullo,
lo normal es dividir los periodos de vacaciones a mitad (semana santa y navidad) y en verano por quincenas, elegibles cada año de forma alterna por uno u otro progenitor (un año la madre elige la primera de julio y la primera de agosto, por ejemplo, y al otro año elegirá el padre), salvo que se tenga claro otro acuerdo. Se puede (y es frecuente) indicar que los periodos de vacaciones interrumpen la alternancia de semanas, de forma que si a uno le tocó la última semana antes de vacaciones, le tocará al otro la primera después de vacaciones, fuera cual fuera el reparto de estas.
Pero vamos, como siempre, esto son medidas comunes porque resultan equilibradas, pero lo que prima es el acuerdo que tengáis, porque cada familia es un mundo. Si uno tiene mucho cariño a la navidad porque tiene familia y el otro pasa, pues se le puede poner siempre a uno y la semana de reyes al otro, o el acuerdo que veáis.
Muchas gracias Paquito, eso es lo que haremos, creo que es la mejor alternativa para no beneficiarse ninguna de las partes.
De momento va bien, cuando sean mas mayores estudiamos otras alternativas.
Un abrazo y muchas gracias.
Buenas noches, siguiendo con el hilo resulta de que mi hija mayor dice que ella quiere hacer lo que le dé la gana y no estar sujeta a ningún convenio.
Ella es menor de edad y vive con la madre, que de momento tiene la custodia exclusiva.
La madre dice que la escuchen en el juzgado.
Me imagino que ella no querrá perder la pensión de alimentos y al mismo tiempo mi hija beneficiarse de venir a mi casa cuando ella quiera.
Quisiera preguntar si tenéis algún caso parecido y qué solución han aplicado.
Muchas gracias y un saludo.
El establecimiento del convenio es un derecho de ambos progenitores, aunque sea en interés del menor, la hija no tiene nada que decir al respecto.
Si es mayor de 12 años será preceptivo escucharla, que no significa hacerle caso. Si los padres estáis de acuerdo en algo, decidís vosotros, no la menor. Solo en caso de discrepancia se tendrá en cuenta (y bastante) la opinión de ella.
Buenas tardes, quisiera preguntar qué con el nuevo cambio de medidas, en custodia compartida, una vez que ejecute la sentencia, toda la ropa que tienen las niñas¿debemos de compartirla las dos partes?, o por el contrario deben de seguir llevándola y trayéndola.
Muchas gracias y un saludo.