Me surge una pregunta con respecto a la Incapacidad Jurídica de mi hijo minusválido que va a cumplir la mayoría de edad.
¿si en la actualidad yo ostento su custodia cuando se prorrogue la Patria Potestad surgirá algún conflicto entre ambas figuras?
¿Es lo mismo Incapacidad y Prórroga de la P. Potestad?
¿Y si así fuera que diferencia existe con la Tutela?
¿Qué me convendría solicitar para evitar problemas en el futuro?
Gracias y un saludo
Ferro57, ¿eres abogado?, porque no se exactamente a que se refiere cuando me pide que concrete.
Yo estoy hablando de un procedimiento judicial de incapacitación para un mayor de edad, mi hijo, que debido a su minusvalía sicomotora le imposibilita gobernarse por sí mismo en todos los ámbitos de la vida.
En este caso seríamos los padres quienes seguiríamos ostentando La Patria Potestad a pesar de haber cumplido 18 años.
De aquí me surjen diversas dudas de tipo legal, porque no sé como en la práctica se conjugará dicha incapacidad con la custodia única que tengo yo, o si esta dejaría de tener efectos, en fin que no lo tengo muy claro. Espero haberme explicado mejor ahora.
Por si le sirve, mi cuñada está separada y tiene un hijo en circunstancias parecidas, como el padre se desentendió de mi sobrino cuando cumplio la mayoria de edad pidió la tutela.
Espero haberle ayudado.