En el caso de la hija mayor de edad debería elegir ella, ya que no esta sujeta a patria potestad. Si no elige pues cualquiera de los progenitores puede elegir cumplir el deber de alimentos teniéndola en su casa. Si ambos lo eligen, entonces no queda mas narices que sea la chica la que decide.
En el caso de la hija menor de edad, si no se pronuncia, se puede solicitar que sea el juzgado el que adjudique la custodia a uno de los progenitores en exclusiva, o a ambos compartida