Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Custodia de un menor ante fallecimiento de los padres

6 Comentarios
 
Custodia de un menor ante fallecimiento de los padres
26/08/2008 23:27
Hola!! Agradecería q alguien me pudiese ayudar sobre un tema q me preocupa mucho.
Si yo falleciera (hace unos meses me diagnosticaron un tumor y aún estoy peleando), y mis hijos tuviesen la muy mala suerte de q su padre muriese antes de ser mayor de edad, ¿a quien le darían su custodia?. Tanto mi marido como yo tenemos hermanos y viven nuestros padres. Yo preferiría dejarlo por escrito, ante notario, (no sé siquiera si puede hacerse) pero él no está de acuerdo pq dice q si designamos a uno de nuestros hermanos y su pareja, es una ofensa muy grave hacia los demás.
Si no dejamos nada estipulado, en caso de fallecimiento de los dos, siempre sería algún familiar quien los criara, nunca servicios sociales ¿verdad? y ¿no podrían separarlos verdad?
La última pregunta, ¿se puede dejar estipulado de algún modo que el niño no deje de visitar a ninguno de sus abuelos ni tíos?
Perdón x la extensión, pero me cuesta mucho q mi marido quiera hablar de ello pq dice q no me voy a morir y q él tampoco tiene pensado hacerlo, y para mí es muy importante.
27/08/2008 02:32
hola ana, primero decirte que luches contra tu enfermedad y no pierdes la esperanza.
lo que dices de tu preocupacion es un tema que llevo mirando unas semanas por que pienso que todos deberiamos preocuparnos de nuestros hijos en caso de.....quien sabe si podemos tener un accidente de avion!!!!
si deberiais hacer un testamento y se puede declarar quien sera el tutor de vuestros hijos y en falta de tal persona otra y otra.deberiais hablar en primer lugar con vuestros familiares y comprobar muy bien quien sera el que mas capacidad afectiva y tambien economica tenga para asumir tal responsabilidad.no creo que nadie se va a tomar una decision asi como ofensiva....y menos si se habla abiertamente antes de declararlo.
si unos hijos se quedan sin padres son servicios sociales y el juzgado que decide quien es la persona idonea para cuidar a vuestros hijos en el caso de que hayan varios posibilidades o ninguna.
es un tema muy delicado pero te aconsejo que declares uno o dos tutores en caso de fallecimiento.hablalo con los hermanos los que te parecen mejor para cuidar los nenes y explicalo tambien a los demas, pide a los demas que apoyen en todo momento a los ni~nos.ya veras como nadie se lo tome a mal.
mucha suerte ana y que tengas muchas fuerzas en tu pelea que terminara ganando tu, ya veras.
27/08/2008 08:30
Bianca, muchísimas gracias por tu pronta respuesta.
Entiendo q entonces siempre debe designarse mediante testamento ¿ante notario? y de no hacerlo serán servicios sociales quien designará a los tutores pero ¿y mientras no los designen con quien están? ¿no los llevan a un centro, verdad?
Otra duda ¿además de designar a tutores en caso de fallecimiento de los dos, se puede establecer algo así como q los niños deben seguir manteniendo el contacto con el resto de su familia x ambas partes?
De verdad, un millón de gracias pq realmente necesito tener la tranquilidad de saber q va a pasar con mis hijos si x desgracia eso ocurre.
Gracias tb x tus buenos deseos y un saludo
27/08/2008 09:58
Ana, mucho animo, vas a seguir criando a tus hijos hasta que te den nietos, ya lo veras.
Mira, creo que en ningun caso son los Servicios Sociales quienes designan un tutor para los menores de edad, sino el Juez, oido el Fiscal de Menores. De hecho, aunque dejeis nombrado en testamento a un tutor, el Juez tendria que aceptarlo. En caso de fallecimiento de los progenitores los niños no tienen por que ir a un centro de acogida siempre que haya familiares dispuestos a hacerse cargo de ellos.
El testamento debe hacerse ante notario. Es cierto que el CC contempla la figura del testamento holografo, pero mi consejo es que lo hagas ante notario, es mucho mas sencillo. En cuanto a dejar por escrito que no pierdan relacion con el resto de las familias, eso no lo se, pero seguro que el propio notario te informa.
perfil Bri
27/08/2008 11:17
Ana, ante todo desearte todo lo mejor y que entu lucha contra tu enfermedad, no ya consigas ganar una batalla, si no la guerra completa.

En relación con lo que preguntas, te diré que no ya por tu caso particular, si no en cualquier matrimonio con hijos menores, siempre es deseable hacer testamento y especificar en él todo cuanto deseemos respecto de nuestros hijos en caso de fallecimiento de ambos progenitores (no sólo por enfermedad; podemos dejar huérfanos absolutos a nuestros hijos por un accidente de tráfico, por poner un ejemplo).

Ambos progenitores deben hacer testamento separadamente; y cada uno debe especificar, en caso de fallecimiento de ambos, quién quiere que sea el tutor de los hijos mientras éstos sigan siendo menores de edad; también cada uno puede expresar libremente en el testamento que desea que los niños sigan manteniendo un contacto habitual con el resto de sus familiares (tanto por parte de la madre como del padre).

En fin, te recomiendo que te acerques a una notaría y preguntes.

Saludos.
28/08/2008 08:15
Muchas gracias por vuestros buenos deseos .......... espero q se cumplan.
Y gracias por vuestra ayuda, ahora tengo aún más claro q debemos hacer testamento ................ ahora sólo me queda lograr primero q mi marido quiera hablar de ello y después q ambos lleguemos a la misma conclusión.
Gracias y saludos,
perfil Bri
28/08/2008 11:54
Es que hacer testamento cuando hay hijos (sobre todo cuando éstos son menores) puede, en un futuro, y en caso de fallecimiento de los progenitores, evitarles muchísimos problemas.

Los padres, al hacer testamento, también se quedan tranquilos sabiendo que, cuando ellos falten, han dejado protegidos a sus hijos por medio las disposiciones realizadas en su testamento, y quedan seguros de que éstas han de ser cumplidas (si las mismas están dentro de la legalidad, claro está).