Buenos dias , me gustaria que me asesorasen sobre la custodia compartida , mi situacion es la siguiente :
El padre de mis hijas va a pedir custodia compartida , llevamos año y medio divorciados y yo tengo la guardia y custodia de las niñas ,en la sentencia pone que se otorga la guardia y custodia a la madre porque es la que se ha dedicado en exclusividad al cuidado de las menores.
Hace 3 meses le denuncie por abuso a mi hija mayor y como solo han sido tocamientos se lo han sobreseido temporal por falta de pruebas , mi pregunta es la siguiente:
¿Tiene el derecho a pedir custodia compartida despues de lo que le ha hecho a la niña¿
No condena no hay pero no esta absuelto de culpa ,la niña esta en tratamiento psicologico porque tiene miedo a estar con su padre , yo no estoy en contra a que haya custodia compartida siempre que el padre haya cumplido con sus obligaciones de padre que de cara a la galeria a mi no me vale
Quien debe juzgar si el padre es apto o no para la custodia compartida es un juez, no usted. La dedicación pasada ya no es un requisito indispensable para la custodia compartida. En mi caso personal, la estrategia de mi exmujer fue también denigrar mi labor como padre durante el matrimonio para tratar de conseguir la custodia.
No le ha servido de nada pues, aunque no conseguí convencer al juez de mi dedicación pasada, sí conseguí demostrarle que durante los años que ha durado el proceso judicial y en los que hemos estado con medidas provisionales (custodia materna), mi dedicación a mis hijos me ha hecho no solo apto para la custodia compartida - que me ha concedido - sino incluso para la custodia exclusiva.
Aquí se habla de sobreseimiento temporal y de falta de condena. No soy letrado, pero según lo que he venido aprendiendo estos años a mi pesar, un sobreseimiento pone fin al procedimiento penal. Si el sobreseimiento es temporal, eso significa que el procedimiento podría reabrirse en el futuro de haber, por ejemplo, pruebas adicionales o nueva denuncia. Pero si hay sobreseimiento, el procedimiento penal HA TERMINADO.
El 92.7 del CC dicta: "No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres ESTÉ INCURSO EN UN PROCESO PENAL iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.".
Así pues, no habiendo ni condena ni procedimiento penal en curso, el padre está en su perfecto derecho de iniciar proceso civil contencioso en el que solicite la custodia compartida.
Ese sobreseimiento no implica que no exista el delito.
Dices: "Quien debe juzgar si el padre es apto o no para la custodia compartida es un juez, no usted"... se puede hacer tal afirmación a una mujer que dice que su ex toca a su hija??????????????
dulcede algodón, si lo que dices es cierto, búscate la vida para que ese hombre no se acerque más a tu hija!!
Yo tampoco estoy en contra de la custodia compartida, pero en éste caso en particular ni C.C. ni visitas, dulcede algodón, sigue denunciando hasta que haya un juez que mire por el bien de tú hija, es lamentable que cuando haya situaciones tan graves, se mire los artículos de la ley tan al pie de la letra, desgraciadamente es lo que hay, a ver si hay algún profesional que te asesore, para mí ese señor no tiene ningún derecho como PADRE, saludos
Viva la presunción de inocencia. Exaltadas señoras: Este señor es INOCENTE hasta que se demuestre su culpabilidad.
@Una mami: Si la madre no acepta la custodia compartida, lo tendrá que decidir un juez. Y en tal caso, es él quien debe de juzgar la aptitud del padre. ¿Le queda así más claro?
No voy a entrar a valorar si lo que dice esta señora es verdad o no, pero no sería la primera en hacer falsas acusaciones de abusos sexuales como arma contra la expareja para conseguir, entre otras cosas, que quede excluído para una custodia compartida. Lo del psicólogo para la niña y sus problemas para estar con el padre, puede ser legítimo, pero tiene también coincidencias con un SAP. Entramos en terreno resbaladizo...
Insisto: No voy a entrar a valorar nada de lo que se dice. Solo me estoy poniendo en la situación del abogado del padre. Más vale que la madre pueda defender bien sus acusaciones, porque la contraparte va a utilizar esa estrategia.
Por no hablar de la coincidencia entre la denuncia y la declaración de inconstitucionalidad del 92.8CC y todo el procedimiento de modificación de la ley de custodia compartida que llevó al Tribunal Supremo a eliminar su excepcionalidad a finales de Junio...
No tenga dudas de que la contraparte utilizará este argumento cuando se haga referencia a tal denuncia.
Haber para el señor crudo :
Ya se k no soy nadie para decidir k para eso estan los jueces.
Este señor por llamarlo de alguna manera tiene SOBRESEIMIENTO TEMPORAL , y le voy a contestar como le contesto mi abogada al abogado de el "Siendo abogado tendrias que saber que las denuncias falsas no llegan al juez de instruccion".
A mi hija la han venido a ver a casa los psicologos judiciales y como en el entorno que se han dado los tocamientos que han sido debajo del mantel y con la niña en sus piernas y habia mas gente segun ellos no han sido para su libido sexual pues hasta que no haya mas pruebas hay esta el caso sin archivar del todo porque a la niña si la creen 100% y la psicologa que la trata es la de mujer violada y abusos amenores,que bonito es hablar por hablar ,si a ysted le han intentado j........ la vida no se piense que todas lad mujeres somos iguales xq yo a este señor nunca jamas ha tenido ningun impedimento para ver a sus hijas asi que por esa parte tengo la conciencia muy tranquila.
Y gracias a los demas por entender mi situacion.
Yo pongo aqui mis dudas para que me asesoren no oara que me ametrallen que para eso ya lo hacen a diario.
Gracias.
Lo que le he dicho no es con la intención de ametrallarla, sino con la intención de avisarle sobre cómo puede que actúe su expareja desde el punto de vista judicial de cara a solicitar una custodia compartida. Le sugiero que no tome mis observaciones como recriminaciones, sino como consejos para defenderse.
Dulce de algodón una cosa es que la pida y otra que se la den. Una coa es no condenar por falta de pruebas y otra muy distinta que esa denuncia se haya archivado. Si sigue adelante la demanda de Cc en cierta parte te servirá para volverle ha recordar al jusgado lo que esa persona le ha hecho a tu hija vuestra hija. Un consejo, aconsejate por gente que no este verde en estos temas. Gente tanto abogados como psicologos que tengan experiencia en eso. Pues no es u tema que se toque a diario. Te lo digo de la absoluta experiencia. Y los pasos que des que sean seguros.
Pero hubo o no hubo tocamientos, si han sobreseido el caso temporalmente ha sido porque no hay pruebas y los delitos hay que probarlos.( Excepto en la LVG)
Si usted los presencio, siga intentando reunir pruebas y cuando las tenga, que reabran el caso y no solo que no le concedan la CC, sino que no vuelva a ver a su hija.
Mientras tanto a un, por el momento inocente no se le puede privar de sus derechos
para muestra un botón. Mi ex mujer denunció un caso similar con la intención de alejarme de mi hija. El juez le desmontó la denuncia y finalmente reconoció la falsedad de las acusaciones. Ahora la fiscalía le pide 18 meses de prisión y 9000€ de multa. Al final todos pierden, yo por pasar por el calabozo por el capricho de esta señora, mi ex por la condena penal que va a a tener y mi hija por ver qué tipo de madre tiene cuando sea mayor. Egoismo repugnante una LVG de mierda = mezcla destructiva.
Tu boton y tu muestra fue ese afortunadamente para ti. Desenmascararon a la delincuente y ahora le piden prision e indemnizacion.
Actuaciones judiciales ejemplares como esta, es lo que hacen falta, cometa quien cometa este tipo de aberraciones
Casos como el tuyo y el de otro forero(cimero) son excepcionales, cuando deberian de ser lo mas normal del mundo, pero hay una Ley que tu has citado que lo impide.
Con esta ley el calabozo te lo comes en cuanto una mujer levante el telefono y marque el 016 sean verdad o mentira los hechos.
Quien abre el hilo asegura que lo que dice ha pasado y no hay porque no creerla, pero como no hay pruebas el caso se archiva temporalmente, que si posteriormente se consiguen las pruebas suficientes para condenar a ese hombre.... se le condena e incluso se le privan de sus derechos para ejecer la patria potestad de su hija, por cabron.
Pero lo que no entienden o no quieren entender l@s que creen a pies juntillas en la aberrante LVG es, que el hombre parte con desventaja en un proceso de divorcio, SIN HABER SIDO CONDENADO, simplemente con que alguna desalmada utilice ese arma que quien creo esa ley ha puesto en sus manos, hunde a un progenitor y concede al otro todo tipo de beneficios.
Esa Ley seria una buena ley, si respetara la presuncion de inocencia, pero no, segun esta redactada esa Ley todos somos presuntos culpables. Viva el estado de derecho.
Me alegro que en tu caso desmontara toda la confabulacion de esa......y que le caiga encima todo lo que tiene que caerle por intentar arruinar la vida del padre de su hija, a cambio de una custodia, una vivienda y una o dos pensiones.
Un saludo
Pikifru72:
No todas somos iguales yo denuncié xq mi hija me lo contó y aki no ha habido denuncia falsa tampoco ha habido juicio aki han venido los psicólogos judiciales a ver a la niña a casa y la creen pero como esos tocamientos han sido con mas gente delante (el la tocaba sentada encima de el y por debajo del mantel cuando la niña estaba cenando,merendando o comiendo) lo consideran k no han sido para su lívido sexual pero k ha habido tocamientos si lo creen.
Yo tengo la conciencia muy trankila y lo k te ha pasado a ti pues te diré k hay k ser hjp para hacer algo así si es falso .
Pero no todas somos iguales .