Lo primero es que la ustodia compartida no supone el pago al 50% de los gastos de los hijos si no que cada progenitor debe contribuir en proporcion a sus ingresos.
Es muy habitual que esos gastos se domicilien en una cuenta comun pero cada caso es singular.
Un saludo
a los gastos en una custodia compartida se concurre en forma proporcional. Si uno gana 50 y el otro 100, elprimero pagara 1/3 y el otro 2/3.
Los gastos como colegio etc suele ser la manera mas practica ingresar el dinero correspondiente en una cuenta al efecto donde se domicilian todos los posibles. En cuanto a los extraordinarios si la desporporcion entre ingresos no es substancias lo normal es pagarles al 50%
Un saludo