En ppio esa jornada es ilegal, son 10 h diarias y el máximo de forma excepcional son 9 h.
Al hacer esa jornada esta haciendo h.e. Usted para ver su jornada debe ir a convenio y en este le saldrán la horas anuales a realizar luego debe mirar la tabla salarial para su categoría y así, dividiendo el bruto anual por el n* horas sacara el precio hora, luego divide el num horas año entre 11 meses, ( el duodécimo es de vacaciones) y así sabra la media mensual de horas tiene que hacer, ese b* h. Mensual lo divide por 30 y tendrá el numero de horas a realizar por día lo multiplica por el precio hora y obtener lo que tiene que cobrar por fia de mes, lo trabaje o no, la responsabilidad de darle faena es de la empresa, no suya.
Si ustedes cogen el minibus en la empresa o centro de trabajo y desde ahí van al destino donde realizan el curso y a la vuelta regresan a la empresa esas dos horas de trayecto don tiempo efectivo de trabajo aunque no contabilizan como horas del curso.
En mi empresa tenemos que hacer un curso sobre primeros auxilios y extinción de incendios, pero el caso es que tenemos que ir a un centro especializado de la provincia de barcelona (una hora de coche de ida y otra de vuelta).
La empresa dice que tendria que pagarnos el kilometraje, por lo cual nos ponen un minibus para llevarnos, pero el curso tiene una duracion de 8 horas + 2 de trayecto en bus salen a 10 horas para ese dia.
Mi pregunta es si deverian pagar las 2 horas como horas extras?
Gracias de antemano