Gracias por tu pronta respuesta, Trola.
No me gusta, pero entiendo que sea así.
A mí me han incluido en un ere de SUSPENSIÓN temporal de contrato de un año. Lo que ocurre, es que ante este hecho, que ya se veía venir, me he matriculado en la UNED un año más, estoy en 3º de Filología Inglesa, y además me estoy preparando oposiciones para la Administración Pública, por lo que me planteaba aprovechar al máximo este año para estudiar, pero bueno, es lo que hay.
Supongo que si te pagan una prestación por desempleo, están en su derecho de exigirte que acudas a los cursillos que crean oportunos.
Pero, ¿para cubrir un puesto de trabajo también?. Hay que tener en cuenta que yo no voy a tener extinguida mi relación laboral con mi empresa. Se trata de un suspensión y nó de una extinción...
1. Son obligaciones de los trabajadores y de los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo:
Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que determinen los servicios públicos de empleo, o las agencias de colocación cuando desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquéllos y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por los servicios públicos de empleo o por dichas agencias.
Me surge una duda:
Una persona que está cobrando prestación por desempleo, pero que está preparándose unas oposiciones de empleo público (estando próximo el examen) y además está cursando una carrera en la UNED, ¿podría negarse a acudir a un curso de formación ocupacional del INEM, sin tener riesgo de ser sancionado?