En mi Comunidad, hace varios años se acordó por unanimidad la modificación de los coeficientes y así consta en el Libro de Actas, pagándose los gastos de la comunidad en función de los nuevos coeficientes.
Recientemente un particular ha comprado una vivienda y manifiesta que desea pagar la comunidad en función de los coeficientes que figuran en el título constitutivo. ¿Que eficacia tiene frente a este particular el acuerdo adoptado por unanimidad de la modificación de los coeficientes sino se inscribió en el Registro de la Propiedad?