Me he visto incluido en una EUC , que se constituyo hace varios años y no me habian comunicado nada.
Se btrata de una urbanizacion de parcelas en la que el mantenimiento debe correo a cargo de lo spropietarios. Has aqui sin problema alguno.
El caso es que en su dia establecieron un reparto de cuotas de participacion que , por lo menos a mi me parece bastante arbitrario.
He consultado en varios sitio e indica que las cuota se determinaran por lo que que indiquen los estatutos de la EUC.
Hay alguna limitacion sobre esto, quiero decir que si hay alguna norma de rango superior que marca ciertas pautas para el reparto de cuotas de participacion.?
El tema es el siguiente. Se grava excesivamente la superficie de parcela y apenas nada la superficie de construccion...Resulta entonces que los que no tenemos aun constriuda ninguna vivienda, solo tenemos el solar, pagamos casi lo mismo que los que viven con grandes construcciones y que hacen uso de la urbanizacion.
El artículo 69 del Real decreto 3288/1978, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, establece :
" se determinará en función de la participación que tuviesen fijada en la Junta de Compensación, en el proyecto de reparcelación o, en su caso, en la que se hubiere fijado en la entidad de conservación "