Y si se han pagado en dos años una derrama de unos 6.000 E aproximadamente, cuanto puede suponer la diferencia?.
Tambien queria preguntar, hay alguna ley donde establezca el máximo importe respecto a derramas que se pueden realizar en 1 año?
Gracias
No dejes que te estafen. Sólo estás obligado a pagar según tu coeficiente de propiedad, aunque si algunos propietarios estan exentos de ciertos gastos, lo más seguro es que lo que pagas sea la cuota de participación.
Debes consultar en una asesoría la diferencia que ha supuesto para tí el pago de la derrama.
En respuesta a tu última pregunta, depende de la comunidad.
Y si se han pagado en dos años una derrama de unos 6.000 E aproximadamente, cuanto puede suponer la diferencia?.
Tambien queria preguntar, hay alguna ley donde establezca el máximo importe respecto a derramas que se pueden realizar en 1 año?
Gracias
En la escritura me consta una cuota de partifipacion en elementos comunes de 0,9990 %pero en un acta de reunion donde consta la cuota he observado que me ponen 1,0009 %.
Puede haber alguna razon que justifique la diferencia o es un error del administrador susceptible de reclamacion.
Gracias por anticipado