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Cuota empresarial empleada hogar

10 Comentarios
 
Cuota empresarial empleada hogar
16/09/2010 20:33
Muy buenas tardes,

Estoy buscando ayuda porque quiero contratar y dar de alta en la Seguridad Social a una empleada de hogar.

Me gustaría saber cuanto paga de cuota empresarial la parte empleadora y donde puedo encontrar dicha información oficialmente.

Y cuanto he de retenerle para pagarle su cuota de la trabajadora.

Muchas gracias.
16/09/2010 20:40
Artículo 16 Orden TIN/41/2009... Aunque habría que estar a las horas que va a desempeñar su trabajo la empleada del hogar, ya que el responsable del alta y pago de las cuotas puede variar.
16/09/2010 20:42
Perdón, la Orden es errónea... Para el 2010, la Orden que lo regula es la TIN/25/2010 (el artículo permanece igual).
17/09/2010 10:31
Muchas gracias, por tan importante información. Está muy completa.

La empleada va a trabajar 8 horas diarias de lunes a viernes.

¿Sabéis si tengo que aplicar en la nómina algo relativo a la retención del IRPF (para la empleada de hogar), o no haría falta?





17/09/2010 10:32
No está sujeto a retencion de irpf
17/09/2010 11:11
De acuerdo, muchas gracias.

Pero ¿conoces donde se regula ese hecho? Es decir ¿existe algun precepto legal donde se estipule que no está sujeto a IRPF?

Gracias.
17/09/2010 11:16
pacog, pudiera ser así como tú dices porque el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar no menciona nada del IRPF.

o ¿conoces normativa que lo señale de manera expresa?

17/09/2010 11:40
TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: GESTIÓN DEL IMPUESTO

SUBCAPITULO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR

REFERENCIA: 127270-OBLIGACIÓN DE RETENER: EMPLEADA DEL HOGAR



PREGUNTA:
Empleada del hogar sujeta al régimen especial de la Seguridad Social, ¿está el pagador obligado a practicar retención sobre la renta si esta es superior a 11.200 euros? ¿Debe presentar declaracion por IRPF?




RESPUESTA:
Si el pagador es una persona física contribuyente del IRPF no estará obligado a retener, ya que solo estaría obligado si satisface rentas en el ejercicio de sus actividades económicas. En cuanto a la obligación de declarar, existe dicha obligación, entre otros supuestos, cuando se obtengan rendimientos íntegros del trabajo superiores a 11.200 euros en el caso de que el pagador sea una persona o entidad no obligada a retener. Por tanto, en el caso planteado la empleada de hogar estará obligada a presentar declaración por el impuesto.




NORMATIVA: Artículo 96 Ley 35 / 2004 , de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 76 Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007
17/09/2010 11:45
Muchas gracias, Majoga por tu aportación.
17/09/2010 11:55
Obelisco dijo: "pudiera ser así como tú dices porque el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto,[...] no menciona nada del IRPF".

El RD 1424/1985 no menciona nada al respecto porque es una norma de Derecho Laboral.
El RD Legislativo 1/2010, de sociedades de capital no menciona el Impuesto de Sociedades, y no por ello, están exentas del pago.
17/09/2010 13:24
cuando dije: "pudiera ser así como tú dices porque el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto,[...] no menciona nada del IRPF". Era una pregunta, solo que se me pasó ponerle los signos de interrogación.

Lo que quise decir fue: " ¿pudiera ser asi porque.... IRPF?"

De todas formas, muchas gracias Shughart por tan excelente aclaración.