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Cuota de participación

1 Comentarios
 
13/01/2003 12:21
La norma 1ª delArt. 16 de LPH exige la unanimidad para la validez de acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de reglas contenidas en el título constitutivo (distribución horizontal) o en los esttutos, por ello, si en la distribución horizontal se fijó, como es lógico, que la participacion en los gastos se hará en función de la cuota de participación en el inmueble, sin su voto a favor nunca se podría hacer, válidamente, la modificación que se pretende.

Un saludo
Cuota de participación
13/01/2003 05:35
He comprado un piso nuevo y vamos a aprobar los estatutos. ¿Me puedo negar a pagar los gastos de comunidad a partes iguales entre todos los vecionos como quiere la mayoría de los vecino, o puedo exigir que dicha cuota sea proporcional a la cuota de participación?