El problema es que muchos interfonos funcionaban bien y alguno , no. En una reunión con asistencia de 9 comunitarios de 30 decidieron cambiarlos y los que teníamos funcionando el nuestro, hemos tenido que cambiarlo por esta decisión y el coste lo han pasado a los fondos de la comunidad. Al cambiar el sistema, nos hemos visto obligados a sustituir el nuestro aunque funcionaba correctamente
lo que es necesario saber cual es el problema del porque no funcinan.porque existe una diferencia, la averia puede estar en el cableado y entonces es comunitario, si el problema es el aparato es privativo.
hasta que no nos diga el problema no podremos contestarle correctamente
Si es privativo es suyo y usted decide. La comunidad no le dice de que color tiene que pintar su casa, o los azulejos que ha de tener el baño, etc.
El interfono es suyo, si se estropea paga uno nuevo o la reparación. Cuestión distinta es que quieran todos cambiarlos y vayan como comunidad y así les hacen precio, pero nada más.
Gracias por vuestras respuestas pero ….., tratándose de un elemento privativo quién decide la comunidad o el propietario y si unos quieren y otros no, como se determina toda vez que el que lo tiene funcionando, no quieren hacerlo y los que no funcionan sí y no pueden sostenerse dos sistemas ?.
Efectivamente, la empresa de mantenimiento es la que puede opinar sobre las causas de que bastantes, por lo que parece, no funcionan.
Pero parece probable, por no ser casos aislados, que el cambio de todo el sistema no sea una barbaridad.
talvez nos hemos precipitado en nuestra respuesta, dado que la pregunta era
quorum para cambiar interfonos.
yo he sido el primero en errar, dado que el interfono es privativo y no comunitario
esto lo digo por la pregunta que realiza Vientoazul de quien determina el cambio.
si unos funcionan y otros no y es problema del interfono, entonces es privativo
otra cosa cosa es que no funcionanse ninguno, entonces el problema sería comunitario.
de cualquier forma la empresa encargada de realizar el trabajo e la que determina donde estra el problema
¿ Y quién establece que mayoría es necesaria para aprobar el acuerdo? Si unos creen que es simple y otros 3/5 , ¿ es función del administrador?
Hay casos muy claros pero otros generan dudas respecto a las mayorías necesarias.
Unanimidad nunca, en todo caso mayoría reforzada (3/5) en caso de no ser una modificación necesaria en virtud del 17.4, si quieren poner un nuevo sistema con videocámara en 3D con proyección holográfica biométrica y condensador de fluzo y la leche en vinagre. Si se trata de simple conservación porque no funciona bien basta mayoría simple.
Se cambiará solo la parte comunitaria si no quieres cambiar tú la privativa que pueda haber (el interfono, entiendo).
Para cambiar interfonos se requiere acuerdo simple de la junta o ha de ser acuerdo por unanimidad al tratarse de dos partes de las cuales interpreto una comunitaria y otra privativa ?