Coincido con Locke, siempre, siempre existe la posibilidad de negociar y plasmar por escrito el acuerdo (no lo olvides que las palabritas se las lleva el viento), y a veces, hay personas que pueden ser muy razonables. Las costas también pueden satisfacerse extrajudicialmente, y negociarse.
Puesto que te vas a comer las costas yo haría lo siguiente:
1.- Habla con su abogado antes del juicio, le dices que renuncias respecto de él si renuncian ellos a la condena en costas. Y llegais al acuerdo.
2.- Si no hay acuerdo sigue adelante, total ya no tienes más que perder.
Si que ha contestado la demanda Princeps. Mañana se celebrará la Audiencia previa, y estoy o bien por un desistimiento parcial frente a esta parte, con lo cual me tendré que comer las costas si no se opone. O bien, esperar que el juez dicte sentencia y si tengo suerte no nos condenará a las costas por entender que el caso tiene una cierta complejidad. El inconveniente es que es muy difícil justificar que los daños producidos por una inundación en una parte de la obra, que ha sido la causante del daño en la finca colindante, ha sido en parte debido por una negligente actuación del coordinador de seguridad cuando su función básica es la de coordinar la actividad preventiva dentro de la construcción, y no la de supervisar que la obra se está ejecutando correctamente (función que correspondería al arquitecto o al mismo constructor). A alguien se le ocurre alguna justificación? Os agradeceré mucho vuestra ayuda.Gracias compañeros.
¿ha contestado a la demanda el demandado del cuál quieres desistir? o está en Rebeldía? En cualquiera de estos casos estate al art. 20 LEC.con lo cual sí podrías librarte de las costas. Suerte.
Tema:daños en finca colindante por una mala ejecución de obras de una constructora. Se ha instado acción de responsabilidad extracontractual por los daños ocasionados contra constructor, promotor, arquitecto, aparejador y COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD. Ahora, queremos sacar fuera del procedimiento a éste último por no considerarlo responsable. Estamos en fase de celebración de la audiencia previa. ¿Cómo puedo sacarlo fuera del procedimiento sin que me casquen las costas? Hay alguna posibilidad? gracias.