Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

cuentas incorrectas aprobadas

12 Comentarios
 
Cuentas incorrectas aprobadas
25/02/2006 12:48
En mi comunidad llevan años realizando las cuentas o algunas partidas de las mismas mejor dicho haciendo caso omiso a ciertos apartados de los estatutos, puedo exigir que a partir de ahora se sigan los estatutos ? o ya es tarde
25/02/2006 13:28
Hola repe.

Primero tienes que “VER” (que te lo demuestren), si el acuerdo ha sido aprobado por unanimidad, si NO ha sido así, en la próxima Junta General, dices que NO estás de acuerdo con las CUENTAS porque el reparto es contrario a la Ley, y que CONSTE EN ACTA. Para esto nunca es tarde; pasa que, si hasta ahora las cuentas han sido aprobadas es porque estabais de acuerdo y entonces NO podéis reclamar “los atrasos”.

Habrá que esperar la llegada del Acta (si llega) y después Dios dirá (burofax, impugnación, demanda en TIEMPO Y FORMA, ¡ojo!).

Yo en estos casos NO acudo a la Junta (en caso de una posible impugnación es más ventajoso). Mirar si lo podéis arreglar por las buenas.

Un saludo.
25/02/2006 16:43
gracias Maria Rosa, en todo caso, como veo que ya no puedo hacer mucho podría exigir que a partir del próximo curso laas cuentas y demás se hagan siguiendo los estatutos? o al ir haciendose de una manera ya es obligatoria aunque vaya en contra de los mismos?
25/02/2006 16:59
repe, mira esto. Si la quieres completa te la copio.
BDB TS 14152/2004

Fecha: 16 de noviembre de 2004
Órgano: Tribunal Supremo
Sala: Sala I de lo Civil, Sección 1
Ponente: ANTONIO ROMERO LORENZO Sentencia: 1094 / 2004
Recurso: 3146 / 1998
Rollo: 3146 / 1998
Resumen:
El hecho de que durante siete u ocho años no hayan sido impugnadas las cuentas realizadas por la administración de la Comunidad conforme a un sistema igualitario, en modo alguno significa que haya existido un acuerdo inequívoco de los copropietarios dirigido a modificar los estatutos que, como acto propio, sería vinculante para todos los que lo hubiesen adoptado.

Hasta luego.
25/02/2006 17:09
muchas gracias, aclarado, tema zanjado.
=:)
25/02/2006 17:29
Repe, SÍ puedes y debes exigir que el reparto de los gastos sea según Estatutos; y para empezar, en la próxima Junta General, cuando hablen de las CUENTAS dices que NO las apruebas porque están mal (el reparto es contrario a los estatutos y a la Ley), y que conste en Acta, sino es así, NO podrás impugnarlas judicialmente, pues se supone que estáis de acuerdo con las mismas. Y ya sabes, sarna con gusto NO pica
01/03/2006 13:57
pero si uno no está de acuerdo y al resto le da igual, son mayoria no? como se puede inpugnar una reunión en la que solo han acudido 4 propietarios y 2 de ellos no tienen los pagos al dia y que convoca un administrador (contratado) aun sabiendo que los presidentes entrantes y salientes, así como los secretarios no pueden asistir ese dia que el por su propia cuenta y mandando una carta certificada a cada vecino nos convocó, sin querer cambiar el dia a petición del presidente entrante y saliente..que validez tiene esa reunión? ya digo que acudieron 4 vecinos de 20 que somos y dos de ellos no llevan los recibos de comunidad al corriente..gracias
01/03/2006 14:22
por favor me podiais decir donde puedo encontrar algo sobre las obligaciones de los administradores.. así como las leyes de la propiedad horizontal? muchas gracias
01/03/2006 14:40
Pincha en la dirección de Justa. Busca y encontrarás.
01/03/2006 14:48
justa? no entiendo perdona soy torpon
01/03/2006 15:57
Holmes. Sigue los consejos de justa en el tema. “ley nueva: cuando entro en vigor?” (ultimo mensaje de Justa).
01/03/2006 18:04
gracias amadeus...
01/03/2006 23:23
No hay de qué. ¡suerte!