Una entidad bancaria abre una cuenta ordinaria a un cliente, sin informarle de ello ni pedir su consentimiento, de moto que la mencionada cuenta se basa en un contrato firmado únicamente por el banco.
Y opera con dicha cuenta en sustitución de otra que existe en situación normal.
Enterado el cliente, solicita la retrocesión de los actos, a lo que el banco "no" responde ni hace caso.
(el cliente se entera por el servicio de internet)
El banco suministra a la AEAT información fiscal de la cuenta "irregular".
Preguntas:
1.- ¿Qué puedo hacer para que el banco cese de operar con esta cuenta? (insisto en que ya lo he solicitado en los servicios de atención y defensor del cliente y éstos "no" contestan).
2.- ¿Es válida la información fiscal que han suministrado a la AEAE o, por el contrario sería anulable en caso necesario?... ¿podría solicitar a la Agencia Tributaria la anulación de estos datos?...¿Podría denunciar en su caso en esta solicitud al banco que suministra datos generados sin consentimiento del cliente? (recordemos que la cuenta no ha sido suscrita ni autorizada, poseo una fotocopia del contrato firmado por el representante del banco, pero falta mi firma).