hola amigos, lo primero presentarme ya que soy nuevo por aqui, Mi nombre es David, y lo segundo hacer referencia mi duda:
Mi suegra comentó el echo de haber abierto una cuenta a nombre de mi hija, la cual mi mujer y yo desconocíamos por completo, he preguntado en el que yo creía sería el banco donde la abrió, y la respuesta ha sido que no existe esa cuenta, pero debo deciros que más me ha sonado a excusa que a realidad. He visto por la red, que "no se puede" abrir cuentas sin permiso de los padres y que hacen falta fotocopias del dni o libro de familia, pero esto es un pueblo, todos se conocen y....bueno.Ahora vienen mis preguntas:
*¿puedo saber si mi hija tiene cuentas a su nombre en alguna entidad sin tener que pasearme por todas ellas preguntando?
*¿que potestad tengo sobre ese dinero, sea el que sea?
*¿puedo cerrar la cuenta o sacar a mi hija de ella?
Muchas gracias
bueno, veo muchas visitas pero no hay respuestas, así que lo refloto para ver si alguien me puede sacar de dudas, o por lo menos que me remita a alguna página donde preguntar a alguien que me pueda informar. Gracias
LO de su suegra parece un farol senil, para decir que quiere mucho a la niña, pero los únicos que pueden abrir cuentas a nombre de menores son sus padres o tutores a cargo si son huérfanos.
Pueden hacerlo indistintamente, padre o madre.
Hasta donde yo se, nisiquiera con una autorización podria abrirla, pero eso se lo confirmaran en cualquier sucursal bancaria. Solo uno de los padres o tutor legal puede hacerlo.
Yo le abrí una cuenta a mi hijo cuando tenia 1 añito y aun no tenia ni el DNI y me hicieron hasta de sacarle un NIF en la seguridad social me parece que fue, para poder abrirle la cuenta y yo me puse como representante legal, lo que no se es si cualquier persona presentando la documentación del niño podría abrirla, yo creo que si te legas al banco donde se supone que tiene la cuenta y dices que eres el padre y quieres saberlo te lo tienen que decir.
Todos los requisitos necesarios para hacerlo, los he visto por la red, pero el problema es que esto es un pueblo muy pequeño, todos se conocen, y hasta el direcctor del banco hace favores y vista gorda con según que cosas, y que personas. Al de la sucursal en concreto que yo creo puede ser, el propio director me dijo que no existen cuentas nombre de mi hija, pero fue una respuesta tan rápida y cortante que me sonó sospechosa, por eso quiero saber si existe algun registro que yo pueda consultar para saber si mis hijos constan en alguna cuenta que yo desconozca, e insisto, sus padres no hemos abierto ninguna ni autorizado tal cosa.
Y si la ha abierto a nombre de su suegra y como segunda titular a su hija, yo la tengo así con mi hija y en el banco me han asegurado que solo podemos sacar de esa cuenta mi hija cuando sea mayor y yo, mi ex ni se puede enterar que tengo una cuenta a su nombre ni puede disponer del dinero.
Puede que su suegra lo haya hecho así para cuando sea mayor la niña.
Coincido con fnoguerola en que puede haber abierto una cuenta a su nombre, abuela, y como beneficiaria la niña para lo cual no se precisa autorización ya que es el adulto, abuela, la que se hará cargo del manejo de los bienes del menor hasta que éste sea mayor de edad.
fnoguerola y netsirena2, no digo que no tengais razón, y que no se pueda hacer, pero aún asi y todo,la cuenta la ha abierto la abuela y los padres estamos vivos y debería necesitarse una autorizacón expresa de los padres o tutores para incluir a esa niña en alguna cuenta, porque aun siendo segunda titular, es menor, lo que significa que tanto mi mujer como yo siendo los padres, seríamos también capaces de "entrar en esa cuenta", como representantes de esa niña ¿o necesito autorización del titular aunque sea el segundo titular un menor??
Si no figuras en esa cuenta no tienes derecho a entrar en ella ni disponer del dinero, por mucho que figure tu hija, si no preguntale al banco, da igual que seas el padre
Y por que no lo hablas con tu suegra? Tan mal te parece que le abran a tu hija una cuenta para que tenga un dinerillo el día de mañana?
Ya me gustaria que mi suegra hiciera lo mismo por mis niños que te puedo asegurar que no le pondría ninguna pega, al contrario, darle las gracias por el detalle.
Además, la abuela no ha podido abrir una cuenta a nombre de la menor; en todo caso ponerla como beneficiaria así que lo que yo veo es que lo ha hecho de cara a futuro porque para que la menor realizara movimientos de la cuenta a día de hoy, por ejemplo, sí necesitaría la firma del tutor. Cuando esa niña cumpla 18 años, si la cuenta sigue como está, podrá actuar como adulto ergo no necesitar firma de tutor alguno.
El derecho lo da la propia seguridad de la figura del beneficiario puesto que, además, la propia palabra lo indica: sacaría un beneficio; nada más.
Me da igual lo que piense pero empiezo a pensar que tiene más interés ud en el dinero que pueda haber en esa cuenta que en el hecho de quien la ha abierto y para qué.
A saber cómo son las relaciones familiares porque SI dice que fue la suegra la que se lo comentó a uds pero ud nada dice de que le preguntara a ella, y copio: he preguntado en el que yo creía sería el banco donde la abrió, y la respuesta ha sido que no existe esa cuenta.
Quizá si, como comenta Nazka, lo hablaran uds con la suegra entenderían para empezar los motivos aunque la finalidad es más que obvia y en muchos sitios se hace incluso con adultos para ahorrarse temas de testamentaría y demás.
La figura de un beneficiario tb se puede limitar; es decir, no sólo el hecho de ser menor de edad limita sus actuaciones para con la cuenta requiriendo firma de tutor sino que se pueden establecer condiciones para los beneficiarios: No poder sacar más de X cantidad cada X periodo de tiempo, por ej.
¿quiere decir que yo puedo abrir una cuenta a nombre mio como titular y poner de beneficiario al menor "Pepito Perez", sin necesidad de que ni siuiera el susodicho sepa quien soy yo? ¿puedo nombrar beneficiario de una cuenta bancaria a un desconocido total?
¿Dice algo sobre menores como beneficiarios? NO. Se habla de los requisitos para abrir una cuenta a un menor pero no en el caso de ser beneficiario puesto que es el titular el que tiene las obligaciones:
Vaya contestacion, perdon por ser un ciudadano más al que los bancos cajas y similares engañan como chinos sin remision.
Pero aun asi gracias por las direcciones. Ya no molesto mas
Oiga, encima de que se le aportan datos reales, ¿qué más quiere?
Para contestación la suya que pese a repetirle por activa y por pasiva que a no ser que sea titular no sucede nada como beneficiario sigue erre que erre porque no le gusta la respuesta.
Pues, mire, es lo que hay pero a mí no me culpe que yo ni soy su suegra ni marco las reglas del juego.
Yo personalmente presentaría un escrito en la entidad bancaría como representante legal de la niña. El contenido sería el documento tipo de la Agencia Española de Proteción de Datos, que se encuentra disponible en http://www.agpd.es.
Están obligados a contestar sea positivo o negativo.
Si no contestan se solicita el reconocimiento de ttutela ante la Agencia de Proteción de Datos, que se pronunciará al respecto.
Está gestión depende de un departamento especifico en la entidades bancarias.
Es facil, un poco lento pero efectivo.