UNA SOCIEDAD CON PERIODO PARTIDO, QUE CIERRA POR 1º VEZ A 30/06/04. Puede aprobar las cuentas en junio del 2.005 o hay algo que la obligue a hacerlo a 31/12/04. Por favor, informarme de la normativa a aplicar.
Gracias
no sé si será igual para todas las sociedades o no; yo las que más conozco son cooperativas. Al menos en ellas su ley te indica el tema del cierre dle ejercicio y en los estatutos, cuando la constituyes indicas que pasará en el primer cierre.
miralos a ver que te pone, y dinos que tipo de sociedad eres
Se trata de una sociedad limitada. Y en cuanto a los estatutos se concreta que la fecha de cierre será a 30/06/04. Nustro problema consiste en que por diversos motivos no nos interesa presentar las cuentas en diciembre, y queremos "buscar" algo que genere duda con dicha obligación y basándonos en ello poder presentarlo en junio de 2.005. Es decir, queremos entrar en el campo de la "interpretación ", si ésta existiese.
Gracias