Hola. Estoy separada legalmente con un hijo de 3 años. Cuando me separé hace un año hice un seguro de vida nombrándole beneficiario y también abrí una cuenta de ahorro a su nombre cuyas condiciones es ingresar cada mes una cantidad fija, finalizando el contrato cuando cumpla 18 años, que es cuando podrá disponer del saldo final.
Mi pregunta es la siguiente. Como puedo evitar que mi ex marido, como representante legal que seria, administrase ese dinero si a mi me pasa algo antes de que mi hijo sea mayor de edad? Cuando estabamos casados abrimos una cuenta para el niño y el iba sacando dinero de la misma para sus cosas, con lo cual no me fio mucho, la verdad.
Podría hacer testamento nombrando administrador a otra persona hasta que mi hijo sea mayor de edad? Muchisimas gracias.
Zoraida, no sé si te entendí bien. La guardia y custodia de un menor, ¿no recae automáticamente en el otro progenitor en caso de fallecimiento del progenitor que la ostente? ¿Tiene prioridad un tutor nombrado en testamento por el progenitor que ostenta la guarda y custodia de un menor, sobre el otro progenitor?
Saludos
La respuesta a tu pregunta es afirmativa, pero no estoy hablando de la guarda y custodia; salvo mejor criterio si no estoy equivocada, en caso de fallecimiento de uno o de ambos padres y habiendo hijos menores, para poder adjudicar una herencia, se precisa de la figura del TUTOR, persona que velará por los intereses del menor, tanto frente a terceros como frente a uno de sus progenitores, se intenta evitar que el menor que no tiene capacidad de obrar y disponer, quede mermado por los adultos que intervengan en el reparto.
Tu pareja, puede nombrar a una tercera persona en su testamento, que será el TUTOR de su hijo, caso de que el padre fallezca, que intentará que no se "aproveche" nadie del niño.
Si no es correcta mi exposición, agradecería nos lo aclarasen a ambas.
Gracias.
Según he entendido yo, simplemente hago testamento y nombro un tutor (por ejemplo alguien de mi familia) para asegurar que ese dinero en concreto (el de mi seguro de vida y el de la cuenta de mi hijo), vayan a parar a él. En ningún momento he entendido que nombre tutor para que ostente la guardia y custodia del niño, que recaerá lógicamente en su padre si fallezco yo.