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cuenta vivienda

5 Comentarios
 
Cuenta vivienda
06/02/2007 10:50
buenos dias, me gustaria hacerles una pregunta, soy un chico gallego que esta trabajando en madrid...(por eso de hacer experiencia y poder volver a trabajr a mi tierra)...la cosa es que me quiero hacer hacer una cuenta vivienda, pero no se si en cuatro año podre dejar madrid.
mi pregunta es si aunque siguiese viviendo en madrid madrid dentro de cuatro , podria comprarme una casa en galicia, aunque de momento no vaya a ser mi vivienda habitual...y en ese caso, mientras no vivieses yo alli podria alquilarla??o...si al final me sale en madrid una oportunidad muy buena en madrid y decidiera quedarme podria vender la casa?...
gracias, un saludo
06/02/2007 15:05
Hola Pablo.
No puedo ayudarte pq estoy en un caso similar al tuyo, solo q yo ya tengo la cuenta vivienda y me vence a final de este año, pero por lo q tengo entendido si te compras el piso no lo puedes alquilar y en 3 años no lo puedes vender.
Para quien nos pueda ayudar explicaré un poco mi caso.
Hace 4 años hice una cuenta vivienda, ahora vivo en un piso propiedad de mis suegros y por el momento no tengo intención de mudarme, por lo q tenía pensado comprar un piso, alquilarlo y solventar así parte de la hipoteca, pero por lo q me han comentado no se puede hacer.
Si alquilo la vivienda debo devolver el dinero desgravado? Hay alguna forma de evitar esta situación? Podría utilizar el dinero de la cuenta para hacer reformas en mi vivienda actual aun sin estar a mi nombre? q tendría q presentar?
Muchas gracias,
Un saludo.
07/02/2007 12:03
Nadie tiene ningún consejo?
07/02/2007 19:54
Vamos a ver,

debes adquirir tu vivienda habitual dentro del plazo de cuatro años desde que abriste la cuenta y emplear el dinero en su adquisición. La vivienda debes ocuparla en el plazo de 12 desde su adquisición y habitar en ella al menos tres años para que se considere vivienda habitual.

Si no cumples estos requisitos debes devolver las cantidades deducidas mas los intereses.

El fraude más común en estos casos es alquilar oscuro, cambiar tu domicilio fiscal y empadronarte en la supuesta vivienda habitual y tener todos los suministros a tu nombre, aunque si tu lugar de trabajo está a cientos de kilometros no creo que cuele como vivienda habitual.
08/02/2007 12:16
Un saludo a todos.
Petrus05, a mí en Hacienda me dijeron que la vivienda puede dejar de considerarse habitual (por tanto también alquilar) a partir de los 3 años de la compra, pero no me dijeron que hubiera que habitar en ella esos 3 años. En mi caso, el primer año de ser propietaria no la habité, sino al segundo año, fecha en la que me empadroné. ¿Podría alquilarla después de vivir en ella 2 años, habiendo pasado 3 desde la compra?
Muchas gracias.
08/02/2007 12:57
Gracias Petrus!!
Vaya, así q como imaginaba no tengo mucho q hacer pq no me atrevo a alquilar en negro el piso y muchisimo menos poner los suministros a mi nombre, me arriesgo a q me dejen con deudas a mi nombre, uf!
El piso lo compraré cerca de mi trabajo, así q por ahí no hay problema.
Y si utilizo el dinero para hacer obras en la vivienda en la q llevo empadronada hace 3 años? aunque no esté a mi nombre ni tenga contrato de arrendamiento? podría hacerlo? q te exigen? facturas de las obras?
Muchas gracias!