Tengo una cuenta vivienda que se me vence el 29/12/2012. Estoy a punto de comprar un piso, pero el banco a última hora me ha dicho que no vamos a poder firmar antes de esa fecha, cuando sólo 3 horas antes me seguía confirmando que sí se podría, y ahora no tengo margen de tiempo para poder intentarlo con otro banco.
¿Existe algún instrumento legal que me permita justificar que he utilizado el dinero de la cuenta vivienda para la compra del piso y no tener que devolver a hacienda lo desgravado?
Me han dicho que se puede hacer ante notario una compra-venta parcial, compra-venta con condición suspensiva me han dicho que se llama, en la que yo puedo aportar el 20% del valor del piso, quedando para hacer posteriormente la formalización de la hipoteca. Pero no estoy muy segura de que esto me sirva para justificar en hacienda que he utilizado la cuenta vivienda para la compra del piso en el tiempo correcto.