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cuenta compartida

4 Comentarios
 
Cuenta compartida
27/04/2015 18:53
Buenas tardes. Tengo una cuenta compartida con mi ex novio y quiero desvincularme , pero en bankia me dicen que si el no firma no puedo hacer nada, que le llamara y lo hice pero el me dijo que no necesitaba su firma y que no iba a ir, después bankia me recomendaron que hiciera un escrito diciendo que no tengo relación con mi ex y quiero quitarme de esa cuenta,más tarde me dijeron que eso no me sirve de nada,y que le quitara dinero asi, a ver si cancelaba que no me iba a pasar nada porque la cuenta es de los 2 y le quite dinero pero tampoco fue a firmar, ahora veo que ya se quitó la nomina de la cuenta y ha dejado descubierto y ya no se que hacer, porque a mi perjudica y no puedo hacer ninguna operación. necesito ayuda urgente. muchas gracias
27/04/2015 20:21
Su exnovio tiene razón: solo se necesita su firma (la de usted) para desvincularse de esa cuenta. No tenga duda de que la están tomando el pelo, aunque tiene cierta gracia esa petición de una biografía personal suya, abjurando de su relación anterior.
Exija por escrito la cancelación de su posición en esa cuenta, y que se lo sellen. Si no quieren hacerlo, diríjase al departamento de atención al cliente (puede hacerlo online) y, si en 10 días no está cancelada su posición titular o no recibe respuesta satisfactoria, ha de presentar una queja en el banco de España, que también se la acepta online. Hágalo ya, porque de otra forma la van a devorar con intereses, costas, gastos, liquidación de la propia cuenta, descubiertos y demás.
27/04/2015 20:28
Me dicen que por un acuerdo de hacienda tienen que firmar los 2 titulares y mi ex novio ademas la tiene en descubiertoque es suyo. Donde me tengo que dirigir para hacer queja en banco de España?
27/04/2015 21:33
¿Un acuerdo de Hacienda?. Que se sepa, la cuenta corriente es un contrato entre dos personas: el cliente y el banco. Nadie puede meterse en contratos ajenos, y desde luego a usted nadie le puede obligar bajo ningún concepto a seguir siendo titular de una cuenta, pues por su propia naturaleza es un asunto estrictamente voluntario. En la medida en que el banco le puede cancelar la cuenta cuando quiere, usted también puede hacerlo, porque es una relación comercial de orden patrimonial que fluye en el tiempo, y que tiene consecuencias que quizás no sean queridas por usted. No existe la "titularidad de cuenta corriente" por obligación, solo faltaría. Usted podrá deber más o deber menos; pero la deuda no se puede generar obligándola contra su voluntad a seguir de titular en una cuenta.
Antes de ir al Banco de España tiene que tener constatada una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la propia entidad. Transcurridos 10 días lectivos, ya puede ir al Banco de España, y ambas reclamaciones las puede hacer online.
27/04/2015 21:59
Intentare de nuevo hacer reclamación porque lo intente varias veces y me pusieron pegas y me dicen que no sirve de nada porque el otro titular tiene que dar su consentimiento para cancelar cuenta. He intentado mirar donde hacer reclamación en banco de España pero no me aclaro. Sabe usted por donde es? Muy Agradecida por su ayuda