Las ventajas Fiscales de la Cuenta Vivienda, son que en un plazo de 4 años, puedes desgravarte por vivienda habitual las aportaciones anuales que hagan a esa cuenta, con la obligación de que en un plazo de 4 años deberas de utilizar ese saldo para la adquisición de la misma. Eso significa que si este año ya vas a hacer efectiva la compra deberas de desgravarte la aportación correspondiente a ese año mas el pago que realices.
Tengo 9.000€ en una cuenta de ahorro vivienda que abrí en el 2003. Aparte, tengo otros 40.000€ en otra cuenta que no es de ahorro vivienda.
El piso me lo voy a comprar ya y firmo las escrituras el día 2/7/04.
Tengo previsto presentar la renta el día 28 o 29. Obviamente me voy a desgravar el 15% de los 9.000€ de la cuenta vivienda. El día de la escritura necesito pagar al contado la "entrada" que son 36.000€.
¿Tengo que coger obligatoriamente los 9.000€ de la cuenta de vivienda o bien tengo que dejarlos allí obligatoriamente?