Buenas tardes , quiero hacer una consulta
Cuenta en el banco a nombre de dos titulares , solamente un titular usa esa cuenta ( nòmina , recibos etc ) Este mismo titular pide un prèstamo y firma dicho prèstamo SOLO UN TITULAR pide y firma dicho prèstamo , por problemas econòmicos este titular deja de pagar , el banco puede reclamar dicho pago al otro titular que ni pidiò ni firmò , pero tiene otra cuenta diferente en la misma entidad bancaria Gracias
Si estan casados en regimen de gananciales, si. Si no es así, no.
Ussted puede tener una cuenta con el vecino del quinto, por los motivos que ustedes dos consideren oportunos. El hecho de tener esa cuenta conjunta no significa que usted se tenga que hacer cargo de sus deudas, o viceversa, faltaria mas.
No puede reclamar nada al que lo firmó, porque este no tiene nada que ver con ese crédito, pero sí puede embargar la cuenta.
El que no lo ha pedido que saque su parte cuanto antes si tiene algo, porque la cuenta sí es embargable si el deudor es titular, pero si dices que solo la usa el que ha pedido el crédito, no tendrá nada ahí que le puedan embargar. Ni le va ni le viene ese crédito.