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cubierta en finca rustica

10 Comentarios
 
Cubierta en finca rustica
04/11/2009 00:26
Hola. He heredado una finca rustica de hipica con un expediente de demolicion de todas las contrucciones por falta de licencia. Ya he preparado el proyecto de legalizacion y todo esta organizado pero me queda una discrepancia con el Ayuntamiento. La finca tiene una nave para su uso como pista de hipica. Es de porticos de hormigon con muros de ladrillo y cubierta de uralita. Para poder legalizarla, ya que me faltan metros, propongo retirar los muros y la cubierta y sustituir la cubierta fija por una movil (brezo, toldo, etc...) que iría sobre los porticos. En el ayuntamiento me dicen que eso se considera ocupacion y mi arquitecto dice que al ser movil no es ocupacion. ¿Alguien puede aconsejarme, por favor? Gracias de antemano.
perfil veo
04/11/2009 02:24
eso tiene que pelearlo tu arquitecto con el técnico municipal ... hasta llegar a un acuerdo sobre qué elementos son admisibles como de uso esporádido

no es fácil, porque todo lo que tiene apariencia de permanente puede considerarse integrante de la ocupación, y esos pórtico sin duda tendrán apariencia de permanentes ... pero de los pórticos, de por sí, sin cubierta, tampoco puede decirse que delimitan un área ocupada (si acaso ocupable)

lo mejor es el diálogo ... y, paralelamente, analizar si la pista sería suficiente incluso con una pequeña reducción ... porque, al margen de la idea que cada uno tenga sobre la justicia y/o la conveniencia, no es bueno pelear por todo sino únicamente por lo importante
04/11/2009 09:06
Gracias por tu respuesta, Veo. el arquitecto de mi pueblo es tajante y no se presta al diálogo. Mi problema es que no puedo prescindir de esa pista porque mi negocio no puede funcionar sin ella. Lo que necesitaría son antecedentes de instalaciones similares aprobadas para refutarle o jurisprudencia sobre cubiertas de ese tipo no consideradas como ocupación. De hecho en el plano topográfico que tengo, dos pequeños cenadores también cubiertos con brezo y una caravana que ni siquiera aparecen. Dicen que el problema es el tamaño. Tambien le ofrecimos legalizar los porticos como ocupación para colocar sobre ellos la cubierta movil, pero insiste en que TODO es ocupación. Gracias por la ayuda. Saludos
04/11/2009 09:27
Los toldos con nervios de hilo de acero tensado, con los pórticos preexistentes no se van a poder colocar. Al poner ese tipo de estructura de toldos, la cimentación tiene momento y hay que compensarlo con unas zapatas enormes (porque la techumbre sólo trabaja a tracción, no a compresión), por tanto la solución que propones no es tal. Estas cosas son las que hacen apasionante el urbanismo: de pronto un problema de estructuras.
04/11/2009 12:46
Gracias Franciscocordon por tu aportación. Mi arquitecto se inclinaba mas (y yo también) por una cubierta de brezo ecológico, esteticamente mas bonita. Si existe alguna otra opción que conzcas te agradecería mucho que la compartieses. Gracias de antemano.
04/11/2009 13:03
Esto lo debe valorar su arquitecto, pero yo en un caso así en que los pórticos preexistentes están claramente anclados al suelo y por tanto son un bien inmueble tal y como nos indica el Código Civil, además con el Arquitecto Mpal. de uñas, lo que plantearía sería una pista al aire libre y una grada nueva con cubierta de toldos moderna y de un tamaño permitido por los "metros", de esa forma nos podemos aproximar a un a solución asumible por Vd. y por el Ayto., y por otro lado logramos una superficie resguardada de lluvias que desde luego difícilmente se obtiene con brezo. Esto es indudablemente más caro, pero es una solución muy estética y desde luego se puede lograr en función de lo que digan las normas urbanísticas que calze en la normativa. No puedo ser partidario del brezo, me parece que se van a mojar y me parece que van a estar recogiendo brezo por toda la finca, pista incluida. El brezo hay que cambiarlo cada cierto tiempo y los toldos si son de calidad cada 10 años, es cuestión de ver como se amortiza cada tipo de inversión y la utilidad y euros que se le van a sacar.
04/11/2009 13:30
Por favor tuteemonos, Franciscocordon. No tengo metros suficientes porque debo mantener otras instalaciones necesarias para continuar la actividad y la pista se lleva muchos metros de ocupación. Es por esto que necesito que, de alguna forma, la cubierta que esta sobre los pórticos de hormigón deje de ser ocupación. Es por esto que planteo el sustituir la cubierta sobre los pórticos. Aunque estos sean bienes inmuebles, la cubierta no tendría por qué serlo. Por otro lado, el brezo que tengo en otras zonas de la finca y que el topografo ni siquiera puso en los planos, lleva mas de quince años puesto y sigue sin dejar pasar el agua. Es cuestión de poner varias capas. Estos brezos estan puestos sobre estructuras metálicas ancladas al suelo y de ellos no me dicen nada, ni siquiera el ayuntamiento.
Saludos.
04/11/2009 14:01
Jaimus: los brezos arriostrados a pórticos, que a su vez están cimentados en el suelo, son bien inmueble, mi opinión da igual porque es el Arquitecto Mpal. quien te lo está diciendo claramente, yo creo que con buen criterio.
04/11/2009 15:38
Entendido, gracias. ¿En tal caso no hay nada que pueda hacer? Pensé en comprar mas metros de finca para poder mantener la pista pero es inviable por el precio actual y la cantidad que necesito. Encontré una finca de la misma calificacion pero no colindante y me dijeron que la ocupacion de fincas no colindantes no se podia sumar. Tambien me comentaron algo acerca de la declaracion de bien de interes, pero no me supieron explicar de que se trataba exactamente.
04/11/2009 18:26
Yo no digo que no haya nada que puedas hacer. Digo que las soluciones técnicas deben tener visos de serlo, al igual que las soluciones legales. Mi criterio técnico y mi criterio legal (de menor valor puesto que soy lego en derecho) ya los he expresado y resulta evidente que me puedo equivocar, como todos los que venimos al foro, por eso venimos. Lo del bien de interés es un procedimiento especial en la Comunidad Autónoma, para que en definitiva te autoricen más ocupación con los mismos metros, pero en ese procedimiento necesitarás contar con el apoyo del Ayto. y para solicitarlo debes asegurarte de que cumples los requisitos que te pide el Órgano Compente de la Comunidad, que en Andalucía sería la Consejería de Vivienda.
04/11/2009 19:53
Tu criterio tecnico me resulta muy valioso y te agradezco enormemente la ayuda que me estas prestando. Mi finca está en Madrid y damos un servicio de escuela de equitacion para todas las edades, campamentos de verano, competiciones territoriales, etc... ¿Podrías darme algo mas de información sobre la declaración de bien de interés?
Si pudieras aconsejarme cualquier otra solución técnica para mi problema te lo agradecería profundamente. Saludos.