en una fila de 8 viviendas adosadas con fachadas y cubierta comunes sin división física de ningún tipo, y canalones de recogida de aguas colocados cada 2 viviendas, existe una avería en uno de los canalones y en las tejas de la cubierta encima de una de las viviendas.
Quien debe pagar los desperfectos de ambas cosas en cada caso? El propietario que tiene el trozo de canalón de recogida colgando y las tejas rotas o la comunidad de vecinos?
El título de la pregunta ya lleva implícita la respuesta.
Si es un elemento comunitario, la comunidad lo debe arreglar.
Esta es una de esas situaciones que despiertan mi curiosidad. En dueño del chalet con las tejas rotas, es un mal vecino? Los otros siete le detestan por algo?
Esas viviendas están constituidas como una comunidad de propietarios? Existe un presidente y pagáis periódicamente una cuota para mantenimiento y gastos?.Usted asegura que ese tejado y canalones son elementos comunes, pero qué dice el título constitutivo referente a esto?. Tenéis administrador que gestione está comunidad? Qué dice al respecto?.
Yo no le veo mayor problema porque sí usted tiene que reparar su tejado, en las próximas averías de otros tejados, serán ellos los que la solucionen. Al final es lo mismo, pero aclare estás preguntas.