Vivo en un edifico antiguo en un piso sin ascensor, en el cuarto de contadores tengo la biciletas de mis hijos, como tuve problemas con la comunidad, ahora ellos me reclaman que por motivos de seguridad tengo que sacar las bicicletas del cuarto, eso puede ser? ¿me puede obligar la comunidad a que saque del cuarto de contadores electricos las biciletas de mis niños o es la compañia en este caso Iberdrola la que debe obligarme?, gracias por su ayuda y un saludo.
El cuarto de contadores es un elemento común de la Comunidad. No pertenece a Iberdrola.
En ese cuarto no deben haber elementos ajenos al uso previsto.
La Comunidad tiene razón en este caso.
En cualquier caso, esa prohibición debe ser acordada en Junta General.
Gracias Acriton por tu respuesta, queria comentar que en ese cuarto tambien se guardan los productos de limpieza de la comunidad, un cubo de basura de esos negro que había hace años, algo de material de construcción que sobro del portal y algunos papeles viejos de la comunidad, deduzco que al decir que no debe haber nada en ese cuarto nos estamos refiriendo a NADA, ¿la comunidad tiene la obligación igual que yo saco las bicicletas de sacar todo eso del cuarto tambien?¿se puede acordar en junta sacar mis bicicletas que son de uso particular y dejar lo demas por pertenecer a la comunidad? gracias y un saludo.
Todobirras, como te comenta Acritón, el cuarto de contadores es de la comunidad. Lógicamente, por haber riesgos eléctricos no debería haber nada inflamable dentro como lo son algunos de los objetos que detallas pero al margen de todo esto, lo que no puede hacer un comunero por iniciativa propia es utilizarlo de trastero, garage o lo que sea. ¿Verías bien que un vecino llegara todos los días y metiera una moto (por ejemplo) en el cuarto de contadores?
Gracias por vuestra respuesta, pero lo que yo quiero saber es: si igual que yo tengo la obligacion de sacar mis bicicletas alegando motivos de seguridad, creo que la comunidad que tiene objetos en el mismo cuarto, como los que he citado en mi anterior post¿ tambien tendrian que retirarlos de él ,no?
Por supuesto todobirras que hay normativa al respecto. Parte del material almacenado es inflamable y bajo ningún concepto puede ser almacenado en un cuarto de contadores.
Dvaldoc, gracias por tu respuesta, me puedes decir por favor donde puedo enterarme de la normativa sobre lo que debe y no debe haber en un cuarto de contadores??, gracias y un saludo.
Todobirras: no le más vueltas, el cuarto de contadores es lo que su nombre en castellano indica
Puede estar indicado en el artículo 6 y 9, punto A, B y G.
De todas formas al ser zona común se requiere el consentimientom de todos los propietarios.
Se que es dificil de asimilar cuando nos toca a nosotros, pero así es la ley. En su casa ponga lo que quiera, pero en zona comunes lo que le permitan.
x jalisco:
Si estoy de acuerdo contigo pero lo que yo quiero saber es:
Yo tengo que sacar las bicicletas alegando motivos de seguridad, ok, yo las saco, pero en el cuarto hay tambien, los objetos citados antes (un cubo de basura de goma de esos de caucho que había antes, productos de limpieza y algunos papeles antoguos de la comunidad) si por motivos de seguridad tengo que sacar mis objetos, puedo reclamar que por ese motivo tambien retiren los que he citado.
todobirras: pues claro que el cuarto de contadores tiene que estar limpio, no puede haber nada en ello
Ojo, hay productos de limpieza que son inflamables 8aerosoles, ambientadores).
Escribe una carta al Presidente, haz que te firme unacopia, indicalé que estas de acuerdo con no dejar la bicicleta, pero ue de forma inmediata se debe de sacar cualquier objeto del cuarto, que si no lo denunciarás a la empresa suministradora de energía, y si ocurre cualquier cosa el será el responsable por no tomar las medidas oportunas
Para todobirras:
Puedes denunciar los hechos a la empresa suministradora de electricidad o a la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma. Por supuesto si la Comunidad no atiende a tus peticiones.
acriton, es al reves; es la comunidad la que tiene que dar los permisos, la prohibicion ya esta explicita en la ley; Es decir las cosas son primero permitir, y luego se hace; no se hace y luego se tiene que prohibir; es decir, no hace falta junta para que quite las bicicletas, haria falta junta para ponerlas.
julio70: las cosas que existen en el cuarto de contares, según todobirrasa, no se permitieron en ninguna reunión, por ello si es la comunidad, quien debe prohibir algo que se ha hecho sin el permiso correspondiente
las cosas del cuarto hace 12-13 años me dijeron de palabra, que podia dejar en el cuarto las bicicletas asi como el cochecito de mis niños pequeños ya que vivo en un piso sin ascensor, pero desde que tuve problemas por querer demandar a la comunidad, han puesto un papel en el tablon del portal donde dice textualmente:
Por motivos de seguridad, con la mayor brevedad posible se retiren los objetos del cuarto de contadores. Por eso mi consulta era ya que hay que sacar las cosas del cuarto por seguirdad, pues que se saque todo, incluido los objetos que la comunidad tiene alli.
jalisco, pero es que si se ha hecho sin permiso de nadie, no hace falta que se prohíba, simplemente no se tiene el permiso. La comunidad no necesita prohibir las cosas que ya la ley dice que están prohibidas, como en este caso el uso de elementos comunes (un cuarto de contadores) para algo privativo (almacén en este caso de bicicletas); otra cosa es que se necesite a la comunidad para permitir algo que sí está prohibido.
todorribas, lo de decir de palabra no vale para nada; además quién es nadie para decir algo de palabra sin el consentimiento de otros; las cosas en una comunidad o se hacen en junta reglamentaria; o no tienen valor ninguno (salvo contadas excepciones).
Buenas a tod@s,
Me parece que nos estamos enredando demasiado y nos estamos apartando del tema. Este post según mi opinión, debería haber terminado en la intervención de Acritón del 28 de Febrero (Día de mi comunidad por cierto). Todos estamos de acuerdo que las bicicletas no pueden estar en el cuarto de contadores y que el resto de materiales allí almacenados tampoco. La explicación de Jalisco y Acritón sobre cómo actuar me parece la correcta y la que todobirras debería seguir. Todo lo demás, sin dejar de ser cierto, entiendo que no va a ayudar a todobirras.
Un saludo
¿cómo no va a ayudar saber que no hace falta convocar una junta para que tenga que quitar las bicicletas? o ¿cómo no va ayudar una cosa que es cierta sobre el tema en cuestión? al contrario, no ayuda decir que hace falta hacer algo, cuando en realidad no es necesario!! :)
De todas maneras es obvio que siempre es mejor hacer las cosas en junta; simplemente incluir en la orden del día algo como "otros usos para el cuarto de contadores" y solucionado, todos contentos y se deja constancia de las acciones a tomar. Eso seria necesario si la cosa llega a juicio para evitar posibles defensas tipo de hechos consumados, o aprobaciones tácitas...
De momento la comunidad no ha vuelto a decir nada del tema, asi que mantendre las bicicletas en el cuarto y en caso de que me obligen a sacarlas, les obligare a ellos tambien a que saquen el resto de cosas que hay en el cuarto.