He alquilado un local comercial, y como garantía me han ingresado 4 meses de fianza (los dos obligatorios y 2 más como garantía adicional a la fianza). Necesito saber si debo depositar a la Junta de Andalucía 2 o 4 meses. O si hay alguna forma de expresarlo en el contrato, para poder ingresar sólo dos meses y no los cuatro. O si siempre hay que ingresar los cuatro.