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Cuántos años atras pueden reclamar la comunidad

3 Comentarios
 
11/07/2010 03:07
Muchas gracias Kiko.62 y Vio.!¿Sabríais responderme a las preguntas que hago más abajo sobre cuota de comunidad del local?La pregunta es de la misma fecha,10 de julio.
perfil Vio
10/07/2010 12:30
La reclamación del presente ejercicio y un año antes rige solamente para nuevos adquirientes.
09/07/2010 22:35
El plazo general para deudas es 15 años, computados normalmente desde el momento en que te requieran de pago. Cabe incluso que se renueve el plazo de quince años. Es decir, si te vuelven a requerir comenzará de nuevo a contarse 15 años.
Un saludo,
Cuántos años atras pueden reclamar la comunidad
09/07/2010 16:45
Debo la comunidad del 2008,2009 y hasta este mes del presente año.Hasta cuándo me pueden reclamar? Tengo entendido que sólo me pueden reclamar el año anterior , es decir, ek 2009 y el presente, es cierto?y qué artículo lo dice? Gracias
Graciad