Si la baja voluntaria ha sido comunicada con una antelación mínima de 15 días que marca la legislación laboral, de forma escrita y a ser posible con el acuse de recibo en tu poder, la empresa debería liquidarte el recibo-finiquito el mismo día en que ceses en la empresa. Pero si la comunicación se ha realizado en un plazo inferior a los 15 días o no se ha realizado, la empresa te puede penalizar no liquidándote el recibo-finiquito.