Buenas, la situación es la siguiente: Mi empresa antes de cerrar nos da los papeles para que reclamemos las indemnizaciones por despido a fogasa, lo hacemos y fogasa nos paga la totalidad.
Mientras nos encontramos en el proceso de estudio de la situación por parte de fogasa, la empresa vende parte de sus activos, recauda dinero, y nos paga las cantidades que nos adeuda en concepto de despido y meses después Fogasa aprueba nuestra solicitud y nos vuelve a pagar, por lo que hemos cobrado la indemnización 2 veces (empresa y fogasa).
¿ cuanto tiempo tiene fogasa para reclamarnos el dinero? ¿a partir de cuando prescribe y no tienen derecho a reclamarnos la cuantia?
El Fondo se subroga frente a la empresa en los derechos de crédito de los trabajadores. Si esta no le comunica al Fondo que las indemnizaciones están pagadas porque ya esté liquidada, difícilmente se va a dar cuenta del error. El plazo de prescripción es de cuatro años. Eso no obvia ni la cuestión moral, ni posiblemente las responsabilidades penales. En primer lugar, eso es robar -dicho coloquialmente-, y penalmente, cuanto menos se trata de apropiación indebida. Dependiendo de la cuantía puede ser delito, y habrá que ver cuál es el plazo de prescripción del mismo.