No hay ningún problema: usted puede perfectamente empadronarse en un sitio y varios meses después empadronarse en otro, y así cuantas veces le convenga, sin límite de tiempo.
Convendría, eso sí, que su empadronamiento reflejase la realidad: que siempre esté empadronado en el lugar de residencia efectiva.
Básicamente es porque he comprado un piso que es vpo pero le quedan 8 meses para dejar de serlo y voy a volver a empadronarme con mi familia por ciertas ventajas fiscales en casa de mis padres. Vale la pena que me empadrone en un sitio para volver a empadronarme en otro a los 8 meses? Hay algun problema?
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 15 establece que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. La obligación es inmediata.
He comprado una Vpo que va a dejar de serlo en 9 meses
¿En cuanto tiempo tengo que empadronarme en una VPO?
Lo digo porque quiero volver a empadronarme en mi casa donde vivo ahora en cuanto pase lo de vpo por lo que si es más tiempo de cuando caduque lo mismo no me merece la pena moverme.
Un saludo