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¿Cuánto tiempo más puedo seguir concatenando contratos temporales de 5/6 meses?

8 Comentarios
 
01/12/2016 15:37
juanscho
El ET se aplica cuando no exista convenio que regularice la actividad de la empresa la cual aún no sabes cuál es, y contratos temporales hay de nuchos tipos pero en concreto el circunstancias de la producción tiene esa duración que le hemos indicado más arriba, no es igual la duración máxima de un circunstancias de la producción que de un obra o servicio (ambos temporales)
01/12/2016 14:41
juanscho
El ET dice lo siguiente. Acabo de llamar a un sindicato y me dicen que según el estatuto de los trabajadores, puedo estar un máximo de 24 meses así, con contratos temporales.

Me frustra y desespera no tener una respuesta clara, ni siquiera por parte de sindicatos. Por favor, echadme una mano. Gracias.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
01/12/2016 08:39
juanscho
Quería decir 5 más 6 meses, y llevaré 11 meses aproximadamente cuando termine esta prórroga o segundo contrato.
01/12/2016 08:36
juanscho
Así es, en el SEPE dijeron que "nosotros nos dedicamos a prestaciones, quizás en seguridad social te pueden contestar".

Si pido cita en SS, ellos me deben de aclarar esto o me ahorro el viaje?

Gracias a todos por la ayuda. En resumen, dos contratos temporales por circunstancias de la producción. Pongamos 56 meses aprox, luego pronto llegare a 11 meses.

Cuando eso ocurra, no se puede hacer otro porque nos pasamos de 12 meses (no acabo de entender lo de 30 meses alternos, 24 meses).

Así pues, cuando termine mi prórroga (segundo contrato), o bien me tendrían que hacer indefinido o bien a la calle y que pase otro.

Lo he entendido bien? Se me escapa algo? Los contratos son a tiempo parcial, aunque entiendo que eso da igual. El primero era al 50% y este segundo al 75% (30 horas semanales).

Fraude de ley entiendo que no hay (no lo sé) porque sí que hay un acumulación de de trabajo en la empresa, pienso yo. Lo de hacerte indefinido desde el primer día en realidad da un poco igual porque si me quieren echar o no renovar, lo van a hacer igualmente. Hoy día un indefinido no es más que eso, "indefinido", solo que cobra más indemnización por despido, nada más.

Mil millones de gracias por todo, os lo agradezco enormemente.

Es ese el resumen? Después de este contrato, a la calle o indefinido? Gracias.
01/12/2016 00:54
juanscho
Por cierto, es curioso que en el SEPE no sepan darle respuesta cuando ellos mismos publican esta pagina donde tiene todos los ctos

Guía de contratos SEPE
www.sepe.es/.../publicaciones/pdf/pdf_empleo/guia_contratos.pdf Archivo PDF

Manda huevos. que país.
01/12/2016 00:45
juanscho
Joer, estamos guapos, un sindicato y el sepe no sabe darle una respuesta, vamos apañaos, (esto es de primero de gustavo de básica).
Como le han dicho un año consecutivo en un periodo de 18 meses o en un periodo de 30 meses alternos 24 meses, pero ademas un primer contrato y una prorroga, cualquiera de estas tres.
formas. Por curiosidad ¿A que sindicato acudió y de que provincia?
perfil OFS
01/12/2016 00:39
juanscho
No es tan complicado. Raro que si has ido al SEPE y a un sindicato no te hayan dicho al menos que un contrato eventual por circunstancias de la producción, como el que dices que te han hecho, tiene una duración máxima de seis meses, aunque por convenio colectivo podría llegar al año. Este tipo de contrato es prorrogable por una sola vez, de forma que la duración total no supere el año (o el tiempo que limite el convenio colectivo).

Ahora bien, esto no significa que se pueda hacer este tipo de contrato porque sí. Tendrá que estar suficientemente justificado, ya que en caso contrario podría estar en fraude de Ley y, por tanto, el trabajador sería considerado como indefinido desde el primer día.

En definitiva, y en tu caso concreto, cuando finalices la prórroga que te han hecho ahora no te pueden hacer ni otra prorroga del mismo contrato ni hacerte otro contrato del mismo tipo sin incurrir en fraude de Ley, y todo esto suponiendo que el contrato que tienes ahora sea correcto.
30/11/2016 23:34
juanscho
¿a qué sector y provincia pertenece la empresa? Habría que ver si el convenio concreta algo sobre ese contrato pero lo normal es que el eventual por circunstancias de la producción permita una duración de un año dentro de un periodo de 18 meses.
¿cuánto tiempo más puedo seguir concatenando contratos temporales de 5/6 meses?
30/11/2016 20:46
Hola, he preguntado mi duda en el SEPE y no me saben contestar. También en un sindicato y no me saben contestar y no lo tienen claro.

Espero que alguien aquí pueda echarme una mano.

Mi caso es sencillo:

Empecé con un contrato temporal (eventual por circunstancias de la producción) a tiempo parcial (50%, 20 horas a la semana) en junio con mi actual empresa.

La duración de este primer contrato temporal era de 6 meses, aproximadamente.

Una vez terminado, me han renovado con un segundo contrato temporal (eventual por circunstancias de la producción), también a tiempo parcial (esta vez 75%, 6 horas semanales, en lugar del 50% anterior). La duración de este segundo contrato temporal es desde diciembre a mayo, unos 5 meses y algo.

Cuando termine este segundo contrato temporal, ya llevaré en la empresa casi 1 año (unos 11 meses aproximadamente).

Mi duda es: ¿cuánto más puedo seguir así, concatenando contratos temporales de 5/6 meses? ¿Hay algún momento a partir del cual "o me echan o me hacen indefinido", como se solía decir antes?

Estoy contento en la empresa y aunque es a tiempo parcial ahora trabajo 6 horas diarias (casi las 8 de tiempo completo, no sé qué pasará en el futuro, si me renovarán, me echarán, me haran indefinido, etc.)

Me crea inseguridad el hecho de que nadie sea capaz de decirme cuál es el máximo de contratos temporales que se pueden concatenar o el plazo máximo de tiempo, siempre que pregunto no lo saben o me dicen que "habría que ver los contratos".

Antiguamente se decía algo así como "más de 2 años concatenando contratos temporales no se puede estar, tendrían que echarte o hacerte fijo", pero cada uno dice una cosa diferente según ha oido a un amigo de un amigo.

Muchas gracias de antemano por la ayuda.