Un contacto en la Delegación de Hacienda me comunica que en mi expediente puede leerse: Pendiente de Resolución de Requerimiento. Yo por otro lado no he recibido ni requerimiento ni notificación alguna. ¿Es ésto normal? ¿Cuánto tiempo más debo esperar? Gracias por anticipado y un cordial saludo al Foro.
Si es así, ten en cuenta que tienes derecho a consultar y recibir información del estado de tramitación de la misma. Puedes intentar conseguir información en la dirección siguiente:
https://www5.aeat.es/es13/s/dabodasda03w
Copiala en el navegador y pica en "ir"; cuando accedas a la página correspondiente, caso de no disponer de certificado de usuario, necesitarás introducir, para identificarte, tu NIF, primer apellido y el valor que conste en la casilla 681 de la declaración presentada (IRPF-05). Rellena los datos y dale a "enviar".
En el supuesto de tener pendiente ese requerimiento, debería de indicártelo. Si no es así, te aconsejo que te persones en la administración AEAT y realices allí la consulta (estado de tramitación); de existir tal requerimiento te lo notificarán en el acto. Ten en cuenta que podría ser que hubieran intentado notificártelo y que no estuvieras en casa o que no tengas actualizado tu domicilio fiscal.
Estos requerimientos suelen dictarse para que aportes alguna documentación, generalmente justificantes relacionados con deducciones practicadas.
Efectivamente se trata de la declaración del IRPF del año 2005. En esa página que desde hace meses consulto, siempre pone lo mismo: "se está efectuando la comprobación de su declaración". Gracias de todas formas por tu respuesta. En el caso de no recibir notificación alguna antes del 31 de Diciembre, ¿querría esto decir que tengo derecho a reclamar la devolución que a día de hoy todavía tengo retenida? o por el contrario, ¿puede demorarse el requerimiento o notificación a una fecha posterior al 31/12/06? Gracias otra vez.