El plazo que tiene el INSS para dictar resolución es de 90 días (3 meses) a contar desde la presentación de la solicitud.
No se si eras trabajador por cuenta ajena, pero de serlo quizá no sabías que se puede presentar la solicitud hasta con 3 meses de antelación a la fecha de cese en el trabajo, precisamente para cuando ceses poder comenzar a percibir la pensión.
De todas formas, el plazo es de 3 meses, pero cuando te la reconozcan si cuando presentaste la solicitud cumplías los requisitos (cese en el trabajo, cotización, edad, etc) pues te la reconocen con efectos retroactivos con un máximo de 3 meses, siempre que cumplieras los requisitos en aquélla fecha.
Os muestro como consta la información del INSS referente a una solicitud de jubilación:
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
3° Determinación del importe de la pensión CONCLUIDO
4° Estudio final y propuesta de resolución CONCLUIDO
5° Revisión y confirmación del expediente CONCLUIDO
6° Firma de la resolución PENDIENTE
Mi pregunta es: ¿Cuanto tardan en realizar la firma de la resolución?. El hecho es que tengo que realizar antes del día 17 un rescate de un Plan de Pensiones y me gustaría saber si lo podré hacer. Gracias