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Cuánto dinero se puede dar sin declarar?

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
27/01/2020 15:08
Nuria14
nuria se me habia olvidado , si al final haces lo del prestamo, tienes que ir a hacienda donde te daran unos papeles para rellenar y me alegro haber te podido ayudar un saludo
26/01/2020 23:02
julio70
Montse 55, muchas gracias me ha sido de gran ayuda...
25/01/2020 20:46
Nuria14
hola nuria 14,una donacion para devolver no se puede hacer porque por la donacion se paga , un prestamo si,si haces un prestamo a tu hija tienes que hacer un documento privado entre las dos partes, poner cero interes, y poner el tiempo para pagar ese prestamo, ponlo con bastantes años, ,por transferencia bancaria, por si por el momento tu hija no puede abonar ninguna cantidad,, en el momento que tu fallezcas que tardes mucho en hacerlo, tu otra hija no tiene ningun problema, porque cuando hagan la sucesion de impuestos, tendran que declarar cada una la mitad de lo que quede por pagar de ese prestamo,y su hermana tendria que darle la mitad de ese dinero , si tu hija se pasa unos meses sin abonar nada tranquila, yo a mi hijo le deje para un piso , hicimos un documento privado, lo pasamos por hacienda, hacienda nos echo el cuño y listo, decirte que mi hijo con esto de que era miliurista, se ha pasado igual hasta 4 o 5 meses sin abonar nada, por eso si a lo primero no puede abonar tranquila, tu pon bastantes años y listo, espero haberte ayudado
o
25/01/2020 14:38
julio70
Gracias de entrada, mi duda es la siguiente, tengo que prestar 20.000 a mi hija para que ella haga frente a un pago de una hipoteca, mi duda es la siguiente, es mejor hacer una donacion, pero en este caso seria a devolver, o un prestamo tambien a devolver, pero el problema es que ella al principo lo tendria chungo para devolver, y teniendo en cuenta mi edad... 70 años hoy estamos aqui y maña podemos estar alli, si me voy alli, como quedaria, ella tendria problemas pq claro esta alli no admiten dinero jejje... tengo una hija mas.. mira que es complicado que una no pueda hacer lo que le da la gana con su dinero... no hay derecho...

gracias por todo...
26/12/2019 13:58
montse55
@montse55 Muchas gracias por su ayuda estoy bastante mas tranquilo ahora :) Que tengas una feliz ano nuevo y gracias! :)
26/12/2019 13:49
Will2019
Por esa cantidad yo creo que no pasa nada es muy pequeña, y creo que Hacienda no va a estar mirando a ver de qué es ese dinero, tu ve metiéndole ese dinero y estate tranquilo, a mí parecer no tiene porqué haber ningún problema mi hija está en Londres pero tiene cartilla en España, y yo suelo meterle más cantidad de la que le vas a meter a tu madre, y hasta ahora nada de nada, y llevo 5 años haciéndolo tranquilo
26/12/2019 13:12
montse55
Hola Monste55, Gracias por su respuesta, mi madre vive un poco lejos para poder dársela en mano pero si me dicen algo crees seria caso de empezar a pagarlo desde que me contacten y sin penalizaciones o algo por ser cantidad pequeña?

Muchas Gracias
26/12/2019 12:29
Will2019
Hola Will en principio es una cantidad muy pequeña y no tendría que haber ningún problema con Hacienda, pero como con esta gente te puedes esperar cualquier cosa, si esto sea para mucho tiempo no sé si Hacienda te podría echar mano como es una cantidad pequeña lo que yo haría sería dárselo en mano, y nadie se entera, espero haber te ayudado
26/12/2019 11:11
julio70
Hola buenas, Si mi madre no tiene nada de ingresos ni trabajo y yo su hijo quiero transferirla por ejemplo 70 euros a la semana para sobrevivir o un poco mas si puedo, esto tengo que declarar o solo es asi con cantidades mayores? Muchas gracias por su ayuda
08/10/2019 06:40
N74
Hola N74 yo a mi consuegra le deje 4000 euros para pagar una herencia para mas tranquilidad hicimos un contrato privado, donde poinia que lo máximo para la devolución era de dos meses,lo pasamos por hacienda,y a los 15 días mi consuegra me abono el dinero en la cuenta,,hazlo así para mas tranquilidad,es gratuito espero haber te ayudado
07/10/2019 22:32
julio70
Creo que quieres decir que vas a prestar un dinero a tu madre para que pague los gastos de la herencia y, cuando disponga de la misma, te lo devolverá.
Si es así, depende de cuál sea el importe y el tiempo que tardará en devolvértelo. Si el importe y el tiempo no son significativos, no es necesario hacer nada. En caso contrario, conviene hacer un contrato privado y pasarlo por la Hacienda autonómica para el Impuesto de Transmisiones (es gratuito).
perfil N74
07/10/2019 21:51
julio70
Hola buenas noches mi madre a heredado algún bien y algo de dinero pero ahora tiene que pagar un dinero que no tiene para poder heredar. Yo como hija single dejara el dinero de que forma lo puedo hacer para que no me afecte nada y que no me venga Hacienda después. Ella en cuanto se pague el impuesto que tiene que pagar le podrán dejar cojer el dinero del banco y me lo devolvera. Me podéis asesorar por favor, estoy un poco perdida. Muchas gracias de antemano
24/09/2019 13:50
Mallorquín40
se puede hacer un prestamo a cero interes sin problemas, yo a mi hijo le deje una cantidad de dinero para la compra de un piso, hicimos un contrato privado, a cero interes para devolverlo en equix años en el contrato se puso que se podia devolver antes de que acabara ese plazo, y pusimos para hacerlo por transferencia, bancaria, en el contrato no pusimos cantidad ninguna de ingreso ,mi hijo ingresaba lo que el podia, y cuando no podia pues no ingresab, este contrato privado lo pasamos por hacienda, con unos impresos que ellos te dan para rellenar y presentarlos con el contrato, ellos te echan el cuño, y listo, no hay ningun problema ,pero si no te van a cobrar intereses reflejalo en el contrato, espero haber te ayudado
24/09/2019 10:31
julio70
Hola, en mi caso van a darme 29.000€ y me gustaría saber si en caso de que sea donación, y estando en Palma de Mallorca, que porcentaje tendría que pagar como impuesto ya que según la comunidad autónoma este valor varía.

Y en el caso que lo hiciéramos como préstamo particular, ¿puedo indicar en el contrato : la cuota del préstamo será de 100€ mensuales durante 10 años, pudiendo amortizarse parcial o totalmente el préstamo en cualquier momento " ya que quiero ir pagando un mes una cantidad y otro mes otra, si que sea siempre la misma.

Gracias de ante mano,
04/11/2017 12:02
julio70
Muchas gracias por contestarme ya me has sacado de dudas
04/11/2017 09:27
julio70
Siendo 4.000 euros y con esa explicación, podéis hacerlo como queráis y no tendréis ningún problema.
04/11/2017 08:16
julio70
A ver su me echáis un cable,quiero dejarle a mi consuegra 4000 los cuales me los va a de volver en 2 meses,ella ha heredado un piso, y solo queda pagar la notaria,para poder coger el piso,el cual ya lo tiene vendido,ella no quiere ingresarlo en el banco si no hacer un talón,también me ha dicho, pagarlo, yo directamente del banco, al notario en su nombre,por supuesto,que vamos hacer un contrato privado, esto lo tendría que comunicar a hacienda? Lo pregunto por si podría tener yo algún problema a la hora que ella me ingrese el dinero
15/04/2010 10:17
No hay límite cuantitativo exacto. El límite está en aquellos regalos (boda, cumpleaños, etc.) que se ajusten a los usos y costumbres.
15/04/2010 07:24
gracias por las respuestas; pero entonces si le doy por ejemplo 500 euros a mi hijo tengo que declararlo? tengo la obligacion de declararlo? ya se que no me va a pasar nada; pero lo mas normal es que haya un importe que no tengas que hacer nada. Es decir, el importe minimo para dar sin obligacion de registrarlo es 0 euros??
gracias
13/04/2010 12:13
La pregunta que haces, julio 70, es una pregunta que está en el ánimo de muchas personas. No hay límite de cantidad y todas las donaciones deben tributar a hacienda. La escala del impuesto sobre donaciones es progresiva; el primer escalón (hasta 7.993,46 euros) tributa al 7,65%. O sea, teóricamente, cualquier donación debe tributar, pero si se da en mano y no queda ninguna huella de ella (por ejemplo transferencia bancaria) no es posible que Hacienda la detecte. Sí puede detectarse si el donatario (el que recibe la donación) emplea el dinero en alguna inversión de la que quede documentación (por ejemplo, la compra de un piso).
Si la donación es de cierta entidad, por ejemplo los 10.000 euros que dices, cabe hacer un contrato privado de préstamo entre particulares, que está exento de impuestos; puede concertarse sin que devengue intereses. Tal contrato hay que registrarlo (es gratuito) en la oficina liquidadora del ITP rellenando el impreso correspondiente (Modelo 600). En el mismo debe constar cómo se devolverá el dinero y el plazo; no conviene que este sea demasiado grande, para evitar que Hacienda pueda considerar que se trata de una donación; por la misma razón, las devoluciones parciales del préstamo deben documentarse.
Un modelo de contrato lo tienes en:
http://www1.euskadi.net/guiaconsumo/curso_vivienda/pdf_es/Prestamo_entre_particulares.pdf