Nunca he puesto la cuantía en un expediente de dominio de ninguna clase. Para lo único que puede servir es para, en ausencia de pacto con tu cliente en cuanto a honorarios, que sirva como base para la minuta. Así que no es necesario a efectos del procedimiento, por eso no lo ves en ningún formulario.
Hola compañeros. Estoy iniciando un expediente de dominio para inmatricular y anotar un exceso de cabida, y lo tengo todo preparado, con documentación y demás, y resulta que montando definitivamente la demanda me asalta seguramente la duda más tonta del mundo: ¿Y la cuantía?. He buscado modelos de formularios y en la ley y reglamento y no consigo determinar la necesidad o no, como presupuesto procedimiental, de la determinación y/o indicación de la cuantía en los expedientes de dominio. Os pido ayuda por favor, el cliente es un poco especial y no me gustaría tener problemas procedimentales posteriores. Mil gracias compañeros.