Ha podido haber un error, no hay ninguna razón procesal por la que si la deuda es de 146 euros se reclamen 2.500; el requerimiento debe serlo por la cantidad solicitada por el acreedor y que deberá a su vez coincidir con la documentación que justifique la deuda.
Opongáse dentro del plazo y haga las comprobaciones oporturnas por si hubiera podido ser un error o bien del juzgado o bien del acreedor.
Mi problema es hace unos años contrate con una empresa de patentes y marcas. Y ahora me llega el requerimiento de pago de un proceso monitorio por un sistema de alertas que se supone me han prestado, pero nunca he recibido.
La cuestión es que en la documentación que he recibido junto con el requerimiento como justificación de la deuda, la cantidad que aparece son 146€ y sin embargo el requerimiento es de 2.500€ y no consigo ver en que concepto se me reclaman esos 2500€ si la deuda, según las facturas que la otra parte presenta, son 146€.
¿Alguien puede orientarme para saber de dónde sale esa cantidad? Porque mi intención es oponerme a dicho pago.