El tema es que el terreno de mi clienta mide en Registro de la Propiedad 981’73 metros cuadrados. En origen medía 1742’78 metros pero se realizó segregación por 761’25 metros. Se realiza medición sobre el terreno y se comprueba que la segregación fue realmente de 728 metros por lo que mi finca mide 1014’98 metros. Pero en el Catastro sólo tengo 733 metros. El topógrafo ha realizado las comprobaciones oportunas y cabemos todos con nuestros metros. Pero en el Catastro no puedo solucionar el problema porque el colindante no quiere. Todos los terrenos están pegados. Para que nos entendamos son cuatro fincas todas juntas sin límites físicos. Una de mi clienta, dos de una persona y otra de un tercero que no localizo. Voy a presentar demanda declarativa de dominio y deslinde, pero no tengo clara la cuantía del procedimiento. Sé que son los metros litigiosos, pero cuáles son en mi caso: la diferencia entre el Registro de la Propiedad y mi medición, o la diferencia entre el Catastro y mi medición. Me inclino por lo segundo. Siguiente pregunta cómo los valoro? A cuánto pongo el metro? Dónde veo el valor del metro? En un recibo de IBI PERO CÓMO LO CALCULO.